¿Si me despiden por incapacidad no em pagaran compensación económica?
Hola de nuevo,
Hace unas semanas le plantee una pregunta la cual me respondió amablemente, pero en la empresa me dicen que si me despiden no tengo derecho a ninguna compensación económica ya que es el tribunal de Incapacidad quien rompe el contrato.
Por favor dígame quien lleva razón de los dos ya que tengo una gran incertidumbre.
Abajo le reesccribo de nuevo el texto anterior con su respuesta
Tribunal incapacidad
Hola, si al pasar el tribunal de incapacidad laboral me valoran con un 52% de incapacidad para desarrollar mi trabajo, ¿la empresa puede despedirme? ¿Y si es así tengo derecho a indemnización?, o de lo contrario me puede despedir sin indemnizarme. Si me conceden un 33% también estoy en la misma situación o debe la empresa recolocarme.
Un saludo y gracias de antemano
Re: Tribunal incapacidad
Buenos días, la empresa puede despedirte, en el caso de que carezca de algún puesto adecuado para tu discapacidad, si tiene la posibilidad de cambiarte de puesto de trabajo, podrías seguir contratado aunque no tiene la obligación de hacerlo.
En el caso de que te despida, tienes derecho a una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, es decir por cada año que hayas trabajado te debería dar 1 mes y medio de salario.
Esto te ocurriría para el caso de que tuvieses cualquier incapacidad superior al 33%.
Saludos, no olvide valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite cualquier tipo de crítica.
Hace unas semanas le plantee una pregunta la cual me respondió amablemente, pero en la empresa me dicen que si me despiden no tengo derecho a ninguna compensación económica ya que es el tribunal de Incapacidad quien rompe el contrato.
Por favor dígame quien lleva razón de los dos ya que tengo una gran incertidumbre.
Abajo le reesccribo de nuevo el texto anterior con su respuesta
Tribunal incapacidad
Hola, si al pasar el tribunal de incapacidad laboral me valoran con un 52% de incapacidad para desarrollar mi trabajo, ¿la empresa puede despedirme? ¿Y si es así tengo derecho a indemnización?, o de lo contrario me puede despedir sin indemnizarme. Si me conceden un 33% también estoy en la misma situación o debe la empresa recolocarme.
Un saludo y gracias de antemano
Re: Tribunal incapacidad
Buenos días, la empresa puede despedirte, en el caso de que carezca de algún puesto adecuado para tu discapacidad, si tiene la posibilidad de cambiarte de puesto de trabajo, podrías seguir contratado aunque no tiene la obligación de hacerlo.
En el caso de que te despida, tienes derecho a una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, es decir por cada año que hayas trabajado te debería dar 1 mes y medio de salario.
Esto te ocurriría para el caso de que tuvieses cualquier incapacidad superior al 33%.
Saludos, no olvide valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite cualquier tipo de crítica.
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Respuesta de Blas ..
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