Comunidad promotora

La comunidad de propietarios de un edificio de viviendas quiere construir una vivienda (o varias)ampliando en altura el edificio existente y venderla. ¿Cómo se puede realizar la operación y qué pasos habría que dar?

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En primer lugar necesitáis una licencia de obras por parte del ayuntamiento, ya que debe permitir subir la altura de un edificio de acuerdo con lo establecido en el plan general de ordenación urbana que haya dictado en donde se establecen los límites máximos para altura de las edificaciones dependiendo de las zonas.
Una vez se tenga la licencia de obras, será necesario contratar a los diferentes gremios para que lleven a efecto la construcción.
Finalizada la misma, el ayuntamiento debe de conceder una licencia de fin de obra y de primera ocupación, momento a partir del cual se podrá vender la vivienda, teniendo la comunidad de inscribirla previamente en el registro de la propiedad, como una nueva finca con más altura, dotarle de unos estatutos, y venderla por pisos.
La decisión se debe de tomar en todo caso por unanimidad, ya que supone una modificación de elementos comunes. Habrá que variar los coeficientes de participación de cada piso, hasta que sumen el 100%, ya que no se pueden poner coeficientes que pasen del 100%.
Las escrituras viejas no hay que volverlas a firmar, simplemente hay que dar nuevos coeficientes por medio de un acuerdo y elaboración de nuevos estatutos que se deben inscribir en el registro de la propiedad, para anular los antiguos y por lo tanto dotar a cada piso de nuevos coeficientes.
Solo tendrán que firmar nuevas escrituras, los nuevos compradores, de los pisos nuevos.
Bastaría con un anexo.

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