Impuestos en la venta de un inmueble

He vendido una vivienda, mi pregunta es aparte de la plusvalía, que otros impuestos de cara a hacienda se me avecinan. ¿El piso se ha vendido por 85.000?.

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El vendedor tiene que pagar el impuesto de plusvalía estatal, que es un 15% sobre la diferencia entre el precio de compra y el valor de venta de la vivienda, salvo que la vivienda que se venda haya sido vivienda habitual, y el dinero que se saque con la venta se invierta en la compra de una nueva vivienda habitual, en cuyo caso está exento de pagar impuestos.
Y por otro lado tienes que pagar la plusvalía municipal o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que depende del valor del piso y de cada ayuntamiento, pero será por el precio de venta de unos 1000 euros o menos.
El comprador tendrá que pagar el impuesto de compraventa y los gastos de notario y registrador.
¿Plusvalía estatal? Yo creía que solo se pagaba una plusvalía... el piso se compro en el año 79 por 300.000 pts, y se ha vendido este año por 87.000 euros, ¿quieres decir que tengo que pagar el 15% de esa diferencia?
Saludos.
Existe una plusvalía municipal, sobre el valor del terreno que al cambiar de propietario se actualiza y la tiene que pagar el vendedor, y luego existe la plusvalía estatal que es sobre el precio de la vivienda, y que tendrás que pagar en la declaración de la renta del año que viene, si has vendido este año.
De todas formas al ser un piso anterior al 95, esas 300.000 ptas hay que actualizarla conforme a unos coeficientes que manejan en hacienda, y por lo tanto la cantidad será menor, pero será también un pico elevado.
Si quieres puedes preguntar en la oficina de hacienda de tu localidad a cuanto asciende ese impuesto para irte preparando para el año que viene.
De todas formas si la vivienda que has vendido ha sido tu vivienda habitual, y ese dinero lo inviertes en la compra de una nueva vivienda habitual, estás exento de pagar impuesto de plusvalía en la cantidad invertida en la compra de la nueva vivienda, que si es toda no tendrás que pagar ese impuesto de plusvalía estatal.
Existe una plusvalía municipal, sobre el valor del terreno que al cambiar de propietario se actualiza y la tiene que pagar el vendedor, y luego existe la plusvalía estatal que es sobre el precio de la vivienda, y que tendrás que pagar en la declaración de la renta del año que viene, si has vendido este año.
De todas formas al ser un piso anterior al 95, esas 300.000 ptas hay que actualizarla conforme a unos coeficientes que manejan en hacienda, y por lo tanto la cantidad será menor, pero será también un pico elevado.
Si quieres puedes preguntar en la oficina de hacienda de tu localidad a cuanto asciende ese impuesto para irte preparando para el año que viene.
De todas formas si la vivienda que has vendido ha sido tu vivienda habitual, y ese dinero lo inviertes en la compra de una nueva vivienda habitual, estás exento de pagar impuesto de plusvalía en la cantidad invertida en la compra de la nueva vivienda, que si es toda no tendrás que pagar ese impuesto de plusvalía estatal.
En hacienda a la plusvalía estatal le llaman incremento patrimonial por venta de vivienda.
Respuesta

Aquí se aprende mucho : plusvalía ESTATAL.

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