Ascensor en Comunidad con discapacitados

Buenos días AbogValencia, mi pregunta es sobre la instalación de un ascensor en la comunidad de mi suegra.
Hace un par de años se tomó el citado acuerdo, pero por tener que pasar la ITE, se pospuso el asunto que ahora se quiere retomar. Parece que el administrador no informó adecuadamente de la legislación, pues el acuerdo a que se llegó fue: los del 4º pagarían el 40%, los del 3º el 30%, los del 2º el 20%, los del 1º el 10%, los del bajo no pagarían, salvo una nave que se ofreció a pagar una determinada cantidad.
En este tiempo nos hemos enterado de que habiendo varias personas de más de 80 años de edad, algunas con graves incapacidades, la ley dice que solo se necesita una mayoría simple y que todos deben pagar en función de su coeficiente. El acuerdo firmado entonces ¿se puede anular dado que perjudica especialmente a estas personas que viven en el 3º y 4º pisos? ¿Qué habría que hacer en ese caso?
Muchas gracias por su atención y un cordial saludo.
Respuesta
1
Según la información que Vd. facilita, si el acuerdo que indica no ha sido impugnado, en principio es firme y no se puede revocar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas