Correo electrónico
Mi pregunta, es si en un juicio un correo electrónico enviado con la dirección del acusado, vale como prueba y si es una prueba de peso, suponiendo que el contenido del mismo tiene información importante .
Mi pregunta es esta porque creo saber que un entendido en informática puede enviar un correo suplantando la identidad, o modificándola una vez la haya recibido antes de imprimirla
Mi pregunta es esta porque creo saber que un entendido en informática puede enviar un correo suplantando la identidad, o modificándola una vez la haya recibido antes de imprimirla
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El correo electrónico, en los tribunales
El correo electrónico se cita cada vez más en los tribunales españoles. Su uso abusivo o ilegal enfrenta a los trabajadores y a las empresas que utilizan herramientas informáticas para probar el comportamiento desleal de sus empleados. Los cónyuges también comienzan a presentar mails impresos en causas de divorcio. En todos los casos el límite entre la vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y la legalidad es muy fino y algunos jueces desestiman esta prueba.
Cybex, empresa que investiga el fraude empresarial y económico en los entornos virtuales, logró probar gracias a la herramienta EnCase, que se instala en los ordenadores y que no lee toda la información sino que realiza "búsquedas ciegas" de determinadas palabras clave, la competencia desleal de un grupo de trabajadores a su empresa.
Éstos utilizaban dos ordenadores de su empresa para intercambiar, a través del correo electrónico, información. Con esa información crearon sociedades paralelas. La sentencia recoge que un alto cargo de dicha sociedad reveló datos confidenciales ayudado por otros empleados y todos aprovecharon el prestigio y los recursos de la sociedad demandante desviando su fondo de comercio hacia nuevas empresas constituidas a la sombra de la primera. Una de las demandadas creó una sociedad 24 horas después de irse de su empresa y obtuvo hasta 1 millón de euros en su primer año de vida.
Aunque los hechos parecen claros la empresa no consiguió en el primer juicio que fuera admitida la prueba electrónica aportada. El juez de primera instancia señaló que se vulneraba el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y a la intimidad de los demandados. Abrir sus correos electrónicos infringía sus derechos.
La empresa recurrió y, en segunda instancia, el fallo señaló que la prueba era constitucional porque "la búsqueda ciega" discrimina los ficheros personales de los empleados y el rastreo sólo recoge los correos comerciales o empresariales.
La dificultad de aceptar o no las pruebas electrónicas es uno de los grandes problemas de los órganos judiciales españoles pues no existe ninguna normativa que regule este tipo de pruebas. En el IV Seminario de Pruebas Electrónicas organizado en Madrid por Cybex, varios expertos y juristas - Antonio Garrigues, presidente del Foro de Evidencias Electrónicas, Javier Ribas de Landwell, Francisco Conde de Cuatrecasas, el profesor del Instituto de Empresa Enrique Dans, el magistrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo Eduardo de Urbano y José Manuel Maza, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, - han opinado sobre la prueba electrónica como herramienta procesal.
Fiabilidad
"Este tipo de pruebas puede ser muy útil en muchos campos pero hay que estar alertas en cuanto a su fiabilidad, es especialmente fácil de manipular. La firma electrónica no es la panacea, puede haberla realizado una de las partes mientras estaba apuntada con una pistola en la nuca", afirmó el magistrado Eduardo de Urbano.
Para este especialista del gabinete técnico del Tribunal Supremo, no sólo hay que presentar un correo electrónico en los juicios, también es necesario el ordenador. "Hay que tener noticias del hardware, por ello la policía decomisa el PC. Si no tenemos la pistola, aunque tengamos la bala, no tenemos nada".
Urbano recalca que no hay regulación española ni internacional y que hay que tener cuidado con la "seducción de estas pruebas porque nos pueden meter muchos goles". Según el magistrado hay "una cifra negra de delitos frente a los reales, muchas grandes empresas no denuncian por miedo a que se desconfíe de su seguridad. Hay más delitos informáticos que los denunciados, incluso puede que su número sume más que el de todos los otros campos juntos".
Conde, socio de Cuatrecasas, señaló que: "Hay que pensárselo dos veces antes de presentar un correo electrónico como prueba, los tribunales de lo social restringen la válvula a las pruebas electrónicas si hay un patrón de riesgo y se pueden vulnerar los derechos." Pese a ello, Conde señala que "si la empresa avisa a sus empleados que el espacio informático no es hábil para la intimidad, por ejemplo con un mensaje todas las mañanas cada vez que el trabajador enciende el ordenador, los tribunales toman estas medidas en consideración pues el empleado ya estaba avisado".
El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, José Manuel Maza, ironizó sobre la falta de legislación en los delitos tecnológicos. "Si van a estafar, háganlo desde Internet. Si firman un cheque falso les van a acusar de dos delitos: falsedad de documentos y delito de estafa. Si lo hacen en Internet sólo de la estafa pues no hay documento".
El magistrado señala que cada vez son más los correos electrónicos que se presentan como prueba en los casos laborales aunque los fallos suelen recoger más sanciones a trabajadores que despidos.
Maza afirma también que ante "la falsificación y el uso fraudulento de los medios de pago electrónico es necesario que el Estado y no la jurisprudencia adecuen la legislación española a la europea. España lleva un retraso de cuatro años".
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http://www.elpais.com/articulo/internet/correo/electronico/tribunales/elpportec/20060504elpepunet_3/Tes
El correo electrónico se cita cada vez más en los tribunales españoles. Su uso abusivo o ilegal enfrenta a los trabajadores y a las empresas que utilizan herramientas informáticas para probar el comportamiento desleal de sus empleados. Los cónyuges también comienzan a presentar mails impresos en causas de divorcio. En todos los casos el límite entre la vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones y la legalidad es muy fino y algunos jueces desestiman esta prueba.
Cybex, empresa que investiga el fraude empresarial y económico en los entornos virtuales, logró probar gracias a la herramienta EnCase, que se instala en los ordenadores y que no lee toda la información sino que realiza "búsquedas ciegas" de determinadas palabras clave, la competencia desleal de un grupo de trabajadores a su empresa.
Éstos utilizaban dos ordenadores de su empresa para intercambiar, a través del correo electrónico, información. Con esa información crearon sociedades paralelas. La sentencia recoge que un alto cargo de dicha sociedad reveló datos confidenciales ayudado por otros empleados y todos aprovecharon el prestigio y los recursos de la sociedad demandante desviando su fondo de comercio hacia nuevas empresas constituidas a la sombra de la primera. Una de las demandadas creó una sociedad 24 horas después de irse de su empresa y obtuvo hasta 1 millón de euros en su primer año de vida.
Aunque los hechos parecen claros la empresa no consiguió en el primer juicio que fuera admitida la prueba electrónica aportada. El juez de primera instancia señaló que se vulneraba el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y a la intimidad de los demandados. Abrir sus correos electrónicos infringía sus derechos.
La empresa recurrió y, en segunda instancia, el fallo señaló que la prueba era constitucional porque "la búsqueda ciega" discrimina los ficheros personales de los empleados y el rastreo sólo recoge los correos comerciales o empresariales.
La dificultad de aceptar o no las pruebas electrónicas es uno de los grandes problemas de los órganos judiciales españoles pues no existe ninguna normativa que regule este tipo de pruebas. En el IV Seminario de Pruebas Electrónicas organizado en Madrid por Cybex, varios expertos y juristas - Antonio Garrigues, presidente del Foro de Evidencias Electrónicas, Javier Ribas de Landwell, Francisco Conde de Cuatrecasas, el profesor del Instituto de Empresa Enrique Dans, el magistrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo Eduardo de Urbano y José Manuel Maza, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, - han opinado sobre la prueba electrónica como herramienta procesal.
Fiabilidad
"Este tipo de pruebas puede ser muy útil en muchos campos pero hay que estar alertas en cuanto a su fiabilidad, es especialmente fácil de manipular. La firma electrónica no es la panacea, puede haberla realizado una de las partes mientras estaba apuntada con una pistola en la nuca", afirmó el magistrado Eduardo de Urbano.
Para este especialista del gabinete técnico del Tribunal Supremo, no sólo hay que presentar un correo electrónico en los juicios, también es necesario el ordenador. "Hay que tener noticias del hardware, por ello la policía decomisa el PC. Si no tenemos la pistola, aunque tengamos la bala, no tenemos nada".
Urbano recalca que no hay regulación española ni internacional y que hay que tener cuidado con la "seducción de estas pruebas porque nos pueden meter muchos goles". Según el magistrado hay "una cifra negra de delitos frente a los reales, muchas grandes empresas no denuncian por miedo a que se desconfíe de su seguridad. Hay más delitos informáticos que los denunciados, incluso puede que su número sume más que el de todos los otros campos juntos".
Conde, socio de Cuatrecasas, señaló que: "Hay que pensárselo dos veces antes de presentar un correo electrónico como prueba, los tribunales de lo social restringen la válvula a las pruebas electrónicas si hay un patrón de riesgo y se pueden vulnerar los derechos." Pese a ello, Conde señala que "si la empresa avisa a sus empleados que el espacio informático no es hábil para la intimidad, por ejemplo con un mensaje todas las mañanas cada vez que el trabajador enciende el ordenador, los tribunales toman estas medidas en consideración pues el empleado ya estaba avisado".
El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, José Manuel Maza, ironizó sobre la falta de legislación en los delitos tecnológicos. "Si van a estafar, háganlo desde Internet. Si firman un cheque falso les van a acusar de dos delitos: falsedad de documentos y delito de estafa. Si lo hacen en Internet sólo de la estafa pues no hay documento".
El magistrado señala que cada vez son más los correos electrónicos que se presentan como prueba en los casos laborales aunque los fallos suelen recoger más sanciones a trabajadores que despidos.
Maza afirma también que ante "la falsificación y el uso fraudulento de los medios de pago electrónico es necesario que el Estado y no la jurisprudencia adecuen la legislación española a la europea. España lleva un retraso de cuatro años".
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Lo primero que haría sería ponerme en contacto con un perito informático forense. El te guiará en todo el proceso.
Los pasos más o menos que debes realizar son:
* primero parar el ordenador que contiene los mails y extraer el disco duro, este será una prueba en el juicio, por lo tanto no puede ser alterado. Cuanto más tiempo tardes en hacer esto menos validez tendrá tu prueba.
* Segundo: intentar conseguir los logs (registros) del servidor de correo, donde se indican el día y la hora y la dirección de origen y destino de los envios.
* tercero: conseguir los mails también del colaborador externo (si es posible) y que este pueda afirmar que los recibió.
Mira esta página web
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http://www.forensic-es.org/node/61
Los pasos más o menos que debes realizar son:
* primero parar el ordenador que contiene los mails y extraer el disco duro, este será una prueba en el juicio, por lo tanto no puede ser alterado. Cuanto más tiempo tardes en hacer esto menos validez tendrá tu prueba.
* Segundo: intentar conseguir los logs (registros) del servidor de correo, donde se indican el día y la hora y la dirección de origen y destino de los envios.
* tercero: conseguir los mails también del colaborador externo (si es posible) y que este pueda afirmar que los recibió.
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Muchas gracias por sus molestias, me parece impresionante su respuesta, ya no solo por la amplitud de la misma, si no por la profesionalidad también
Anteriormente recibí alguna respuesta de otros expertos, pero eran incompletas, no pasaban de tres párrafos ( aun así también es de agradecer )
El caso es que mi pregunta no es del todo completa, le explico,( aunque no quiero que se moleste más, pero en sus manos lo dejo ) usted lo lee y si quiere responderme como si no se lo agradeceré igualmente
Y repito muchas gracias pues todo, estoy asombrado
Este es mi problema completo :
Me dedico a las reformas como autónomo, debido a crisis tuve que darme de baja al no tener trabajo
Después de unos meses buscando empleo, unos vecinos me pidieron hacerles una chapucilla en su casa de 3 días aprox, una vez allí me pidieron hacerles varias cosas más . Todo ello se reflejo en varios correos electrónicos con mis datos pero estando de baja, ya que el trabajo era para pocos días . ( el trabajo se alargo 2 semanas )
Decidí no continuarles los trabajos por motivos varios, con lo cual los trabajos no realizados se descontaron del total, conseguí que me pagasen mi parte después de varias discusiones subidas de tono .
El problema es que me quieren denunciar, alegando que les amenace e incluso que llegue a las manos, lo cual es falso .
Si esto se lleva a cabo que me puede suceder, ¿pueden demostrar que realize el trabajo?
Situación
Pruebas que ellos tienen de que les hice el trabajo sin dar de alta y de que les amenace
- Varios correos en los que se reflejan los trabajos a realizar y sus modificaciones, todo ello con mis datos pero sin firmar
- Dos adelantos por los trabajos al comienzo del trabajo, firmados en un papel en el que se indica simplemente que recibí esa cantidad, sin especificar el porque de dicho pago
- Algunos vecinos me vieron trabajar en esta casa
- En un correo les advierto que por las buenas o por las malas me van a pagar ( ya que había pasado un mes y lo único que recibía era su negativa )
Mi firma solo esta en un papel como que recibí esa cantidad, ¿demuestra eso que yo hice el trabajo?
¿Los presupuestos están reflejados solo en correo electrónico . Puede eso servir de prueba? Tengo entendido que un informático puede enviar un correo suplantando la identidad, o incluso al recibirlo cambiar la dirección por otra
Reconozco mi gran error de haber trabajado sin estar dado de alta en autónomos
El trabajo eran tres días en principio y ellos no querían factura de ser así no me darían el trabajo, ni tampoco tenían licencia alguna.
Agradezco sus molestias gracias
Anteriormente recibí alguna respuesta de otros expertos, pero eran incompletas, no pasaban de tres párrafos ( aun así también es de agradecer )
El caso es que mi pregunta no es del todo completa, le explico,( aunque no quiero que se moleste más, pero en sus manos lo dejo ) usted lo lee y si quiere responderme como si no se lo agradeceré igualmente
Y repito muchas gracias pues todo, estoy asombrado
Este es mi problema completo :
Me dedico a las reformas como autónomo, debido a crisis tuve que darme de baja al no tener trabajo
Después de unos meses buscando empleo, unos vecinos me pidieron hacerles una chapucilla en su casa de 3 días aprox, una vez allí me pidieron hacerles varias cosas más . Todo ello se reflejo en varios correos electrónicos con mis datos pero estando de baja, ya que el trabajo era para pocos días . ( el trabajo se alargo 2 semanas )
Decidí no continuarles los trabajos por motivos varios, con lo cual los trabajos no realizados se descontaron del total, conseguí que me pagasen mi parte después de varias discusiones subidas de tono .
El problema es que me quieren denunciar, alegando que les amenace e incluso que llegue a las manos, lo cual es falso .
Si esto se lleva a cabo que me puede suceder, ¿pueden demostrar que realize el trabajo?
Situación
Pruebas que ellos tienen de que les hice el trabajo sin dar de alta y de que les amenace
- Varios correos en los que se reflejan los trabajos a realizar y sus modificaciones, todo ello con mis datos pero sin firmar
- Dos adelantos por los trabajos al comienzo del trabajo, firmados en un papel en el que se indica simplemente que recibí esa cantidad, sin especificar el porque de dicho pago
- Algunos vecinos me vieron trabajar en esta casa
- En un correo les advierto que por las buenas o por las malas me van a pagar ( ya que había pasado un mes y lo único que recibía era su negativa )
Mi firma solo esta en un papel como que recibí esa cantidad, ¿demuestra eso que yo hice el trabajo?
¿Los presupuestos están reflejados solo en correo electrónico . Puede eso servir de prueba? Tengo entendido que un informático puede enviar un correo suplantando la identidad, o incluso al recibirlo cambiar la dirección por otra
Reconozco mi gran error de haber trabajado sin estar dado de alta en autónomos
El trabajo eran tres días en principio y ellos no querían factura de ser así no me darían el trabajo, ni tampoco tenían licencia alguna.
Agradezco sus molestias gracias
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