Pasos a seguir para crear una comunidad de bienes

Vamos a crear una marca y hemos pensado formar una comunidad de bienes. Actualmente estamos realizando el plan de empresa y nos asaltan varias dudas sobre esta forma jurídica:
- ¿Tiene algún coste de tramitación?
-¿Qué pasos hay que seguir para darse de alta?
- Quien se da de alta como autónomo, ¿nosotros o la empresa?
-¿Qué impuestos tenemos que pagar?
- ¿Qué documentación oficial necesitamos?
Contestame punto por punto por favor, para no liarme mucho...

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Una Comunidad de Bienes no tiene personalidad jurídica propia, eso tenéis que tenerlo muy claro. Tiene personalidad "fiscal", pero no jurídica, no existe ante el derecho civil o mercantil.
Fiscalmente obtiene un CIF y puede facturar con ese nombre, pero nada más. La personalidad jurídica, la responsabilidad y todo lo demás, recae en los socios comuneros.
Para darse de alta, hay que redactar un pequeño contrato de constitución, en el que se establece el porcentaje de participación de cada socio, el capital que aportan y el objeto de la comunidad (su neogcio o actividad).
Con este contrato, aconsejo siempre pagar el impuesto por operaciones societarias, que es un 1% del capital aportado y con el formulario del pago más el contrato (que puede ser privado, sin intervención notarial), se va a Hacienda y se registra al Comunidad.
Para ello se rellena el modelo 036 o 037 y se da de alta en Censo (el CIF) y en obligaciones fiscales: IVA, retenciones si hay trabajadores y en el caso de los socios comuneros, se dan de alta en el modelo 130 para realizar los pagos fraccionados a cuenta, sean autónomos todos los socios o no.
Los socios que vayan a trabajar en la Sociedad, se tienen que dar de alta en autómos. Los capitalistas que no aportan trabajo no es necesario.
Trimestralmente, la Comunidad liquida en su propio "nombre" el IVA modelo 303 y si hay retenciones, el modelo 110. Los socios por su parte, ingresan el modelo 130 (pagos a cuenta para el impuesto sobre la renta), pago este que se tendrá después en cuenta para la realización de la declaración del IRPF de cada socio.

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