Albaránes y facturas siendo autónomo

En breve empezare a dedicarme a las reparaciones a domicilio, dándome de alta como autónomo y claro se me plantean muchas cuestiones, una de ellas es concretamente si cuando finalice el trabajo en el domicilio del cliente al mismo le entrego un albarán donde especifico el servicio realizado, ¿qué datos debe contener el albarán para que sea legal? Entiendo que si el cliente me exige una factura tengo la obligación de elaborarla y entregarla. Ahora bien ante Hacienda lo valido que es, ¿el albarán o la factura? ¿El albarán puede equipararse a la factura? ¿Para justificarme ante la aeat debo obligatoriamente hacer una factura por cada albarán o solamente conservar los albaranes o ambos? Muchas preguntas de golpe lo se pero necesito tener todo esto claro antes de comenzar la actividad.

Respuesta
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El albarán no es obligatorio, la factura sí.

Si habitualmente cobra sus servicios al contado, es preferible realizar directamente la factura para evitar una duplicidad de documentación.

La factura debe contener todos los datos fiscales de su entidad y los del cliente (nombre, dirección completa y NIF)

Para justificar las facturas ante hacienda debe disponer de un libro de registro de facturas emitidas.

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El justificante oficial es la factura, aunque con el nuevo reglamento de facturación, puede que usted pueda emitir facturas simplificadas... Ademas, ha de tener en cuenta la obligación de pago por banco en caso de facturas superiores a 2500 €.

Hacienda le pedirá las facturas.. no albaranes, que no son mas que un mero documento de entrega de mercancía en la mayoría de los casos...

Efectivamente, hacienda le solicitara las facturas si tiene usted una inspección.

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