Pagas extras

Tengo una dudami esposa ha empezado a trabajar a finales de Octubre y ha percibido la paga extrade Diciembre, pero es la mitad de lo que ue yo esperaba, ya que yo creía que la paga extra de Diciembre se prorrateaba repartiéndola entre 6 meses (Julio a Diciembre) pero se la han prorrateado entre todo el año, sin embargo no ha percibido nada de la de Julio; alguien nos ha dicho que al ser anuales las pagas en vez de semestarles la de Diciembre está bien pagada y la de Julio cubre el periodo desde 1 de Julio de 2004 a 30 de Junio de 2005 con lo cual la paga de Julio de 2005 tampoco será entera. ¿Es ésta información correcta? Ella está sometida al convenio de comercio de Guadalajara. Gracias

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Pues efectivamente, hay dos maneras de cobrar las pagas extras. La primera, como dices, es el de hacer 2 pagas de 6 meses, es decir, la de Julio que vaya desde enero a junio, y la de diciembre que va de junio a diciembre. En tu caso, por lo que dices, seguramente le habrán pagado de la segunda manera, por lo que en diciembre habrá recibido 3 doceavas partes de la paga de diciembre, que se computa del 1 de enero al 31 de diciembre, y por tanto la de julio no la cobrará hasta julio del año que viene, en la que cobrará 9 doceavas partes.
La primera paga extra que cobre entera será la de diciembre de 2005.

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