Paro tras renuncia

LLevo 5 años trabajando por cuenta ajena pero tengo que dejar mi puesto porque debo trasladarme por motivos personales a otra ciudad. Sé que no tengo derecho a activar la prestación por desempleo al dejar yo el empleo pero ¿pierdo esos cinco años de cotización? Si después encuentro un empleo pongamos temporal y finaliza ese contrsto ¿se activa la prestación que había generado con mi primer empleo? ¿Tendría derecho a los 20 meses de paro?

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Para que la prestación contributiva le sea concedida debe darse la situación legal de desempleo.
Pero esto no significa que usted pierda sus días cotizados (la Tesorería lo cuenta por días).
Quiere decir, que le cuenta para jubilación, y en concreto a su pregunta le cuentan a la hora de adquirir el derecho a una futura prestación contributiva con motivo de una situación legal de desempleo motivada por otro trabajo futuro en el cual cesara por fin de contrato o de forma ajena a su voluntad (Despido incluso en periodo de prueba) Y no existe tiempo mínimo establecido, puede verse en situación legal de desempleo por un solo día de trabajo por cuenta ajena en el que cesa por voluntad del empresario.

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