Hoy en día, salvo por alguna casa discriminatoria o que vulnere algún derecho fundamental o por causa de embarazo maternidad o lactancia, el empresario puede despedir a cualquier trabajador o trabajadora aunque este en situación de incapacidad temporal como es el caso tullo, lo que sucede es que si te despide estando de baja para que el despido no se declare improcedente, la empresa se tiene que inventar una excusa y justificarla como por ejemplo alegando para el despido causas económicas por perdidas de ingresos o disminución de ventas, aunque ante un magistrado a no ser que las perdidas sean muy elevadas cuando un despido se produce a los pocos días de iniciarse la baja, el despido en la mayor parte de los casos, se califica como de improcedente.. Por lo tanto si te despiden a los tres días de iniciar la baja por maternidad, y la causa del despido es la baja laboral lo que tienes que hacer es demandar a la empresa ante el SMAC por despido improcedente, para ello dispones de 20 días hábiles a partir del día siguiente al del despido, y si la empresa no puede probar que la causa del despido es una causa ajena a la de la baja laboral, te tendrán que pagar la indemnización correspondiente a la de un despido improcedente.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..