Exención vivienda habitual
Ante todo, gracias por anticipado.
El tema es el siguiente:
Antes del matrimonio, mi actual tenía una vivienda de su propiedad desde el año 2000, siendo su vivienda habitual. Ahora nos planteamos venderla para cancelar la hipoteca de la vivienda que nos compramos tras el matrimonio.
Puesto que lo vamos a obtener de dicha venta es superior al 50 % de la hipoteca de la nueva vivienda que le corresponde a ella, para poder tener exención de todo lo obtenido con la venta y poder cancelar parte del 50 % que me corresponde a mí, nos planteamos que ella aporte antes a la sociedad de gananciales el 50 % de su vivienda privativa antes de la venta, con lo que ya no tendríamos el límite dle 50 %.
¿Es este planteamiento correcto? ¿O no vale puesto que no ha sido mi vivienda habitual?
Gracias de nuevo.
El tema es el siguiente:
Antes del matrimonio, mi actual tenía una vivienda de su propiedad desde el año 2000, siendo su vivienda habitual. Ahora nos planteamos venderla para cancelar la hipoteca de la vivienda que nos compramos tras el matrimonio.
Puesto que lo vamos a obtener de dicha venta es superior al 50 % de la hipoteca de la nueva vivienda que le corresponde a ella, para poder tener exención de todo lo obtenido con la venta y poder cancelar parte del 50 % que me corresponde a mí, nos planteamos que ella aporte antes a la sociedad de gananciales el 50 % de su vivienda privativa antes de la venta, con lo que ya no tendríamos el límite dle 50 %.
¿Es este planteamiento correcto? ¿O no vale puesto que no ha sido mi vivienda habitual?
Gracias de nuevo.
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Respuesta de hume
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