Venta de 2 viviendas

Mi pregunta es la siguiente, si vendo mi vivienda habitual y otra, podría reinvertir el capital obtenido de dichas ventas en la compra de una nueva vivienda habitual, sin que tuviera que pagar por las plusvalías generadas por dichas ventas.

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Respuesta
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En efecto, todo o casi todo el incremento de patrimonio que obtengas en esa venta quedará exento, o casi.
Para que se pudiera considerar que la otra ha sido tu vivienda habitual tendrías que poder demostrar que esto ha sido así: mediante recibos del agua, de la luz, estando empadronado allí... etc.
Hola, puesto que mi vivienda habitual es de compra anterior al año 1986 y por tanto creo que no pagaría plusvalías de su venta, como podría hacer para que la otra vivienda que esta comprada en 2003 figurase como mi vivienda habitual.
Gracias, un saludo.
Podrás acogerte a la exención por compra de vivienda habitual para el incremento de patrimonio que se te produzca en la venta de tu vivienda habitual, pero en ningún caso por el incremento de patrimonio que se produzca en la otra.

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