Cese actividad o disolución sociedad

Buenos días,

me pongo en contacto con ustedes a través de este medio para consultarles varias dudas en cuanto a una sociedad se refiere. Se trata de una sociedad que hasta ahora a realizado su actividad normal, pero debido a la crisis se encuentra paralizada y sin expectativas de seguir con su actividad. Debido a la situación del mercado actual, no tenemos efectivo para disolver la sociedad y darla de baja en el registro mercantil. Por este motivo se me plantean las siguientes cuestiones:

1) Que podemos hacer para no seguir acumulando deuda en cuanto al administrador único ya que está dado de alta como autónomo y todos los meses hay que pagar sus seguros sociales.? Es posible, dar de baja la sociedad en hacienda (como cese de actividad) y posteriormente dar de baja al administrador en el régimen de autónomos? O al seguir siendo administrador de una sociedad (aunque sea sin actividad y dada de baja en hacienda) estas obligado a seguir cotizando y abonando los seguros sociales del autónomo?

2) La única forma viable para dar de baja la sociedad es a través de realizar los asientos corrrespondientes en el registro mercantil? Me han comentado que una sociedad desde que cesas la actividad y al pasar tres años automanticamente dicha sociedad se da de baja y ya no es necesario la presentación del impuesto de sociedades y la legalización y deposito de las cuentas, ya que cejas la sociedad "morir". Esto no se si es correcto ya que entiendo que si o si tienes que dar de baja la sociedad en el registro mercantil. ¿que pasa si durante tres años presento las cuestiones obligatorias y luego ya dejo de hacerlo sin dar de baja la sociedad en el registro mercantil?

3) pasa algo por no presentar la elegalizacion de las cuentas anuales o presentar las fuera de plazo? Se puede presentar solo el deposito de las cuentas anuales?

y en un principio esto es todo, espero que podáis aclararme alguna de mis dudas.

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