Régimen especial autónomo y sociedad limitada

Dispongo de una empresa de servicios, no tengo trabajadores, el régimen jurídico de la empresa es sociedad limitada, estoy como única administradora, y pago mi seguridad
Social en el régimen de autónomos.
Mi pregunta es la siguiente, puedo darme de baja durante un mes en el autónomo, y mantener la empresa, la sociedad, evidentemente en ese mes, no facturaría.
O tengo que dar de baja la empresa.
Añadir que es en España, en Madrid.
Gracias, espero me ayudéis.
Natural7

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Respuesta
1
No puedes hacer lo que dices porque tu alta en la Seguridad Social está relacionada con la actividad de la empresa y mientras ésta siga teniendo actividad y tú sigas siendo la administradora debes continuar ininterrumpidamente dada de alta.
La otra opción que planteas que sería la de dar de baja la empresa es posible pero me parece complicada, más que dar de baja la empresa lo que harías sería dar de baja la actividad de la empresa, pero ésta seguiría existiendo y volverías a iniciar de nuevo la actividad pasado el mes.
Me parece una opción liosa y complicada, además no podrías deducirte por los gastos soportados por la empresa durante el periodo de baja, personalmente creo que lo mejor es pagar aunque no se facture ese mes, ademá, si no tienes otra cotización ese parón es una laguna en la cotización que te puede suponer un mal trago en caso de baja por enfermedad e incluso a la hora de la jubilación dependiendo de tu edad.
Pero es posible, es viable, ¿no es así?.
Muchas gracias, otra vez.
Natural7
Por ser posible es posible, dar de baja la actividad de la empresa durante un mes y volverla a dar de alta de nuevo pasado ese plazo pero realizar todo ese trámite por ahorrarte una cuota de autónomos me parece un poco excesivo. Me da la sensación de que es más la salsa que la perdiz.

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