Préstamo socios

Tenemos creada una S.L. 2 socios y hemos pensado hacer un préstamo a la empresa. ¿Qué límite tenemos (el capital es de 3000 euros)? ¿Tenemos qué hacer una factura mensual a la empresa de los intereses? ¿Qué declaración tenemos que hacer cada socio del cobro de los intereses?
Respuesta
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No hay límite en cuanto al préstamo que le podéis hacer a la Sociedad, ni tenéis que hacer ninguna factura por los intereses, puesto que vosotros no podéis factuar ni es necesario tampoco.
Tenéis que calcular los intereses al tipo legal del dinero aprobado por el Ministerio de Hacienda para el 2010, que es del 4%.
Mensual o trimestralmente, como acordís, la Sociedad extenderá un recibo que debíes firmar con la cantidad de intereses y amortización del capital que os cobréis, sustrayendo el 19% en concepto de retención IRPF que ingresará la sociedad mediante el modelo 123 cada trimestre, (exactamente, cuando se paga el IVA se paga este modelo también).
Anualmente, presentaréis el 20 de enero el modelo 193 que es el resumen de los 123.
Es importante de cara a Hacienda, que redacteís un contrato y lo firméis los dos socios con las cláusulas del préstamo y la forma de pago y devolución del principal (amortización).

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