Aparcamientos de minusválidos

Mi pregunta sería la siguiente:
Le esponjo mi caso tengo una minusvalía del 71% con baremo de movilidad reducida, me concedieron la tarjeta de aparcamiento para minusválidos en el ayuntamiento de Mieres hace poco por motivos que no vienen al caso me desplazo con mi vehículo a Oviedo y aparco en zona de carga y descarguen un tiempo inferior a 15 minutos cuando me disponía a marcharme me llega el agente municipal motorizado y después de hacerme apagar el motor y bajar la ventanilla me dice que porque estaba estacionado en carga y descarga le dije que tenía la tarjeta de minusválidos y que solo habían sido diez minutos y que yo creía que estaba autorizado a aparcar en dicha zona dado mis condiciones físicas, el me responde que una cosa es que ellos hiciesen la vista gorda y nos dejasen aparcar por su compasión hacia nosotros los minusválidos y otra cosa muy distinta era que estuviésemos autorizados a aparcar .con lo cual le respondo que según la normativa europea yo creía que estábamos autorizados a aparcar tres horas y el después de intentar hacerle entrar en razón se le escapa que de eso nada que solo estábamos autorizados a aparcar una hora claro le respondo que bueno que algo ya había ganado que hacía dos minutos que solo se podía aparcar con el beneplácito de los señores agentes y que ahora por ley ya podía aparcar una hora . ¿quisiera saber la normativa por la cual se rigen las tarjetas de minusválidos para estos casos de carga y descarga y si al estar regulado por la union europea si es que lo esta que lo desconozco y si lo esta saber si una ley de inferior rango como seria una comarcal podría superponerse sobre una ley europea o estatal?
Respuesta

No es como comenta el señor daath57... las zonas de Carga y Descarga solo están concebidas para vehículos de Servicio Público de Mercancías... Todo vehículo no relativo a ello sería multado incluso aquel que no realice dicha labor aunque tenga acreditación o Tarjeta de Transporte sera propenso a ser multado por usar dichas zonas como aparcamiento cuando no trabajan e incluso el agente puede solicitar documentación, factura, albarán, cmr de carga o descarga sellado si así lo estima conveniente. Un minusválido, ni taxi, ni autobús, ni nadie puede usar nunca dichas salvo para realizar una parada inferior a 2 minutos sin abandonar el vehículo. El agente en cuestión fue benévolo, tenia toda la ley a su favor para multarle y no existen en nuestro país ninguna ordenanza municipal (que yo conozca) que permita a los minusválidos usar estas zonas pues normalmente están cercanas a comercios o industrias y son necesarias precisamente por vialidad (para que los camiones y furgones no bloqueen el trafico) y los minusválidos tienen sus zonas especificas a las puertas de establecimientos, hospitales o viviendas. Le repito, ha tenido suerte.

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El agente, aunque chulo por lo que me dices, tiene razón o no... dependerá de la ordenanza municipal de tráfico del municipio.
Como mínimo falta de respeto tuvo, eso es verdad, porque lo de beneplácito más bien parece de perdona-vidas que de agente de seguridad.
A parte de esto, la Unión europea, lo que hizo es una Recomendación, y por tanto no es de aplicación obligada, sino que se recomienda a los estados miembros la creación de una tarjeta de aparcamiento para el colectivo de personas discapacitas.
Ahora bien, la regulación del tráfico, de las zonas azules, carga y descarga, corresponde a los municipios, es competencia de estos, por lo que cada uno regula como le da la gana (y perdón por la expresión). Depende del ayuntamiento tienen mayor consideración y depende de cual, no la tiente. Mieres, no tiene en la red las ordenanzas para poder consultarlas por lo que no puedo informarte del caso concreto.
La recomendación es que cuando vayas a desplazarte fuera de tu ciudad, preguntes al ayuntamiento al que te dirijas la normativa que aplican. Sé que es un engorro, pero es la única solución...
La mayoría suele ser respetuoso con la recomendación de la Unión europea, y la aplican, pero no todos lo hacen y Mieres no será ni el primero ni el último.

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