Anónimo
Análisis de Orina en 18 días..
Hola, me dirijo a usted con el fin de obtener su opinióno algún consejo .. Mira tengo unas pruebas de orina en aproximadamente de 16 a 20 días... Y la verdad es que llevo bastante tiempo siendo fumador de cannabis.. He leído que todo puede variar depende de cada persona.. Y su estilo de vida comidas y etc.. ¿Me podrías decir tu opinión?
Soy varón.. Tengo 20 años.. Mido aprox .. 1.75 y peso 63 Kg ..
Mi cuerpo la verdad es que no tiene mucha grasa.. Soy todo fibra.. Voi de Lunes a Viernes al gimnasio.. Y allí me estoy siempre más de 1 hora.. Por lo cual sudo mucho y bebo bastante agua todos los días...
Suelo hacer 5 comidas diarios ricas en carbo hidratos y proteínas.. Por lo que no suelo comer muchas grasas ... Bueno algún dulce que otro si que como.. Je je
Me gustaría saber su opinión.. Cree que me saldrá negativo si ya no vuelvo a fumar ni siquiera olerlos..¿? ¿O me podrías dar algún consejo para intentar que no me salga?
PD: Tengo una pregunta tambn que hacerle.. Estoy tomando unos batidos que venden en el gimnasio que ayudan a ganar masa muscular.. Son ricos en vitaminas, carbo hidratos, proteínas y queratina creo.. Es un rebujo. Bueno pues un amigo me dijo que el echo de tomar los batidos esos dice que aumenten las posibilidades de que salga positivo .. Que hacen un efecto doppin. ¿Sabe usted si es cierto? Porque la verdad, no me creo mucho de el.. Jejej
Bueno espero su respuesta ^^
Un saludo y muchas gracias por su buen trabajo.
Soy varón.. Tengo 20 años.. Mido aprox .. 1.75 y peso 63 Kg ..
Mi cuerpo la verdad es que no tiene mucha grasa.. Soy todo fibra.. Voi de Lunes a Viernes al gimnasio.. Y allí me estoy siempre más de 1 hora.. Por lo cual sudo mucho y bebo bastante agua todos los días...
Suelo hacer 5 comidas diarios ricas en carbo hidratos y proteínas.. Por lo que no suelo comer muchas grasas ... Bueno algún dulce que otro si que como.. Je je
Me gustaría saber su opinión.. Cree que me saldrá negativo si ya no vuelvo a fumar ni siquiera olerlos..¿? ¿O me podrías dar algún consejo para intentar que no me salga?
PD: Tengo una pregunta tambn que hacerle.. Estoy tomando unos batidos que venden en el gimnasio que ayudan a ganar masa muscular.. Son ricos en vitaminas, carbo hidratos, proteínas y queratina creo.. Es un rebujo. Bueno pues un amigo me dijo que el echo de tomar los batidos esos dice que aumenten las posibilidades de que salga positivo .. Que hacen un efecto doppin. ¿Sabe usted si es cierto? Porque la verdad, no me creo mucho de el.. Jejej
Bueno espero su respuesta ^^
Un saludo y muchas gracias por su buen trabajo.
1 respuesta
Respuesta de grija
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La rapidez en desaparecer puede variar según la persona (metabolismo, dieta, etc).
Orina
Anfetamina/Speed: hasta las 72 horas.
Éxtasis: hasta las 72 horas.
Cannabis:
-Consumo moderado: de 14 a 20 días.
-Consumo crónico: de 14 hasta 50 días.
Cocaína: hasta 72 horas.
Alcohol: es cuestión de horas.
LSD: de uno a cinco días.
Poppers: indetectable.
Es algo genérico.
Todo esto es en la orina por lo que el tiempo en sangre es más prolongado.
Donde más tiempo prevalecen los restos es en el cabello de meses hasta años.
-En su caso debería de dejar sin consumir totalmente nada como mínimo 2 meses, por lo que si se hace un antidoping en el tiempo que me comenta lo normal es que salga positivo, pero como siempre digo cada cuerpo es diferente además de que hay muchos factores influyentes: edad, dieta, calidad y cantidad de la sustancia, modo de vida... etc todo influye por lo que puede que "suene la flauta". Porque el tiempo estimado de duración de dicha sustancia es una media sacada mediante estudios y estadísticas, por lo que habrá gente que le dure más tiempo y a otras menos, pero en su caso es complicado, muy poco tiempo...
Un consejo:
- Las leyendas urbanas de hacer deporte, beber agua o leche, comer fruta.. etc son totalmente falsas. En el caso de la sangre o cabello no hay ningún remedio, medicina o forma para hacer desaparecer dicha sustancia. En el caso de la orina suele ayudar tomar infusión de alguna hierba natural que tenga propiedades diuréticas o algún complejo vitamínico con la misma funcionalidad para ayudarle a orinar con mayor frecuencia pero no elimina por completo la sustancia.
Lo dicho no hay milagros de última hora, solo si se trata de un antidoping de orina como le dije puede tomar infusiones de por ejemplo cola de caballo que es una planta con propiedades diuréticas que le ayudará a orinar con mayor frecuencia y así eliminar líquidos pero insisto no es un remedio, solo una ayuda.
-Es cierto lo que me comenta de la grasa, por eso no se recomienda comer alimentos grasos en estos casos porque la sustancia se acumula en ella y es muy difícil hacerla desaparecer. Como le he comentado la única opción es orinar con mayor frecuencia, depurar la orina ya que estamos hablando de un antidoping de orina y sobre todo no ingerir alimentos de los que he mencionado.
-Hay mucha polémica con el tema de los batidos porque ya he leído de todo. Hay sustancias en algunos de ellos que modifican los antidoping dando positivo o salen análisis raros. Como no sé de qué tipo de producto hablamos porque hay muchos le paso una lista según la ley de las sustancias ilegales: (decirle que si se trata de un batido simplemente proteico no se considera doping, si contiene alguna de las siguientes sustancias o hablamos de anabolizantes y demás productos que se suelen tomar en el gimnasio para aumentar milagrosamente la masa muscular, hay muchos de ellos que dan problemas)
Sustancias y métodos prohibidos (en y fuera de competición)
Sustancias prohibidas
S1. Agentes anabolizantes.
Se prohíben los agentes anabolizantes.
S1.1 Esteroides Anabolizantes Androgénicos (EAA):
a) EAA exógenos*, entre ellos:
1-Androstendiol (¿androst-5?-1-En-3ß, 17ß-diol); 1-androstendiona
(¿5? Androst-1-en-3,17-diona); bolandiol (19-
norandrostendiol); bolasterona; boldenona; boldiona
(androsta-1,4-dieno-3,17-diona); calusterona; clostebol;
danazol (17?-etinil-17ß-hidroxiandrost-4-eno[2,3-d]isoxazol);
dehidroclorometiltestosterona (4-cloro-17ß-hidroxi-17?-
metilandrosta-1,4-dien-3-ona); desoximetiltestosterona
(17a-metil-5?-androst-2-en-17ß-ol); drostanolona; estanozolol;
estenbolona; etilestrenol (19-nor-17?-pregna-4-en-
17-ol); fluoximesterona; formebolona; furazabol (17ßhidroxi-
17? -metil-5? -androstano[2,3-c]-furazan);
gestrinona; 4-hidroxitestosterona (4,17ß-dihidroxiandrost-
4-en-3-ona); mestanolona; mesterolona; metandienona
(17ß-hidroxi-17?-metilandrosta-1,4-dien-3-ona);
metandriol; metasterona (2?, 17?-dimetil-5?-androstan-
3-ona-17ß-ol); metenolona; metildienolona (17ßhidroxi-
17??metilestra-4,9-dien-3-ona); metil-1-testosterona
(17ß-hidroxi-17??metil-5?-androst-1-en-3-ona);
metilnortestosterona (17ß-hidroxi-17??metilestr-4-en-3-
ona); metiltrienolona (17ß-hidroxi-17?-metilestra-4,9,11-
trien-3-ona); metiltestosterona; mibolerona; nandrolona;
19-norandrostendiona (ester-4-en-3,17-diona); norboletona;
norclostebol; noretandrolona; oxabolona; oxandrolona;
oximesterona; oximetolona; prostanozol ([3,2-
c]pirazol-5?-etioalocolano-17ß-tetrahidropiranol);
quinbolona; 1-¿Testosterona (17ß-hidroxi-5?-Androst-1-
En-3-ona); tetrahidrogestrinona (18a-homo-pregna-4,9,11-
Trien-17ß-ol-3-ona); trenbolona y otras sustancias con
estructura química o efectos biológicos similares.
b) EAA endógenos**:
Androstendiol (androst-5-en-3ß, 17ß-diol); androstendiona
(Androst-4-en-3,17-diona); dihidrotestosterona
(¿17ß-hidroxi-5? Androstan-3-ona); prasterona (dehidroepiandrosterona,
DHEA); testosterona y los siguientes
Metabolitos e isomeros:
¿5?-¿Androstan-3?, ¿17?diol; 5?-¿Androstan-3?, 17ß-
diol; 5?-androstan-3ß, 17a-diol; ¿5?-Androstan-3ß, 17ß-
diol; androst-4-en-¿3?, ¿17?-diol; androst-4-en-¿3?, 17ß-
diol; androst-4-en-3ß,17?-diol; androst-5-en-3?,17?-diol;
Androst-5-en-¿3?, 17ß-diol; androst-5-en-3ß, ¿17?-diol; 4-
Androstendiol (androst-4-en-3ß, 17ß-diol); 5-androstendiona
(androst-5-en-3,17-diona); epi-dihidrotestosterona;
3?-hidroxi-5?-androstan-17-ona; 3ß-hidroxi-5?-androstan-
17-ona; 19-norandrosterona; 19-noretiocolanolona.
Están prohibidas las siguientes sustancias y sus factores
de liberación:
1. Eritropoyetina (EPO);
2. Hormona de Crecimiento (hGH), Factores de Crecimiento
análogos a la Insulina (p. ej., IGF-1), Factores de
Crecimiento Mecánicos (MGF);
3. Gonadotrofinas (por ejemplo, LH, hCG), prohibidas
sólo para hombres;
4. Insulinas;
5. Corticotrofinas.
Están prohibidas las siguientes clases:
1. Inhibidores de la aromatasa, que incluyen pero no
se limitan a: anastrozol, letrozol, aminoglutetimida, exemestano,
formestano, testolactona.
2. Moduladores selectivos de los receptores de
estrógeno (SERM), que incluyen pero no se limitan a:
Raloxifeno, tamoxifeno, toremifeno.
3. Otras sustancias antiestrogénicas, que incluyen
pero no se limitan a: clomifeno,
ciclofenil, fulvestrant.
4. Agentes que modifican la(s) función(es) de la
miostatina, que incluyen pero no se limitan a: inhibidores
de la miostatina.
S5. Diuréticos y otros agentes enmascarantes.
Los agentes enmascarantes están prohibidos. Éstos
incluyen:
Diuréticos*, epitestosterona, probenecida, inhibidores
de la alfa-reductasa (p. Ej., finasteride, dutasteride),
expansores del plasma (p. Ej., albúmina, dextrano,
hidroxietilalmidón) y otras sustancias con efectos biológicos
similares.
Entre los diuréticos se cuentan:
Acetazolamida, ácido etacrínico, amiloride, bumetanida,
canrenona, clortalidona, espironolactona, furosemida,
indapamida, metolazona, tiazidas (p. Ej., bendroflumetiazida,
clorotiazida, hidroclorotiazida), triamtereno, y
otras sustancias con estructura química o efectos biológicos
similares (a excepción de la drosperinona, que no
está prohibida).
Sustancias y métodos prohibidos en competición
Además de las categorías de la S1 a la S5 y de la M1 a
la M3 que se han definido anteriormente, se prohíben las
siguientes categorías en competición:
Sustancias prohibidas
S6. Estimulantes.
Todos los estimulantes [incluidos sus isómeros ópticos
(D-Y L-) cuando corresponda] están prohibidos, a excepción
de los derivados de imidazol de uso tópico y los estimulantes
incluidos en el programa de seguimiento 2008*.
Entre los estimulantes se cuentan:
Adrafinil, adrenalina**, amifenazol, anfepramona,
anfetamina, anfetaminil, benzfetamina, benzilpiperazina,
bromantán, catina***, ciclazodona, clobenzorex, cocaína,
cropropamida, crotetamida, dimetilanfetamina, efedrina****,
estricnina, etamiván, etilanfetamina, etilefrina,
famprofazona, fenbutrazato, fencamfamina, fencamina,
fendimetrazina, fenetilina, 4-fenilpiracetam (carfedón),
fenfluramina, fenmetrazina, fenprometamina, fenpropoBOE
núm. 5 Sábado 5 enero 2008 1039
rex, fentermina, furfenorex, heptaminol, isometepteno,
levometanfetamina, meclofenoxato, mefenorex, mefentermina,
mesocarb, metanfetamina (D-), metilendioxianfetamina,
metilendioximetanfetamina, pmetilanfetamina,
metilefedrina****, metilfenidato, modafinil, niquetamida,
norfenefrina, norfenfluramina, octopamina, ortetamina,
oxilofrina, parahidroxianfetamina, pemolina, pentetrazol,
prolintano, propilhexedrina, selegilina, sibutramina, tuaminoheptano,
y otras sustancias con estructura química o
efectos biológicos similares.
* Las siguientes sustancias incluidas en el programa
de seguimiento 2008 (bupropión, cafeína, fenilefrina, fenilpropanolamina,
pipradol, pseudoefedrina, sinefrina) no
se consideran Sustancias Prohibidas.
** No se prohíbe la adrenalina asociada con agentes
de anestesia local o por administración local (p. ej., nasal,
oftalmológica).
*** Se prohíbe la catina cuando su concentración en
orina supere los 5 microgramos por mililitro.
**** Se prohíben tanto la efedrina como la metilefedrina
cuando su concentración en orina supere los 10
microgramos por mililitro.
Un estimulante no expresamente mencionado como
ejemplo en esta sección podrá ser considerado una Sustancia
Especificada solamente si el Deportista puede
demostrar que la sustancia en cuestión es particularmente
susceptible de causar una violación de norma antidopaje
no intencionada a causa de su disponibilidad
general en medicamentos o de su menor probabilidad de
ser abusada con éxito como agente de dopaje.
S7. Analgésicos narcóticos.
Están prohibidos los siguientes narcóticos:
Buprenorfina, dextromoramida, diamorfina (heroína),
fentanil y sus derivados, hidromorfona, metadona, morfina,
oxicodona, oximorfona, pentazocina, petidina.
S8. Cannabinoides.
El cannabis y sus derivados (p. ej., hachís, marihuana)
Están prohibidos.
S9. Glucocorticoesteroides.
Están prohibidos todos los glucocorticoesteroides que
se administren por vía oral, rectal, intravenosa o intramuscular.
Su uso requiere la aprobación de una Autorización
de Uso Terapéutico.
Otras vías de administración (inyección intraarticular/
periarticular/ peritendinosa/ peridural/ intradérmica y por
inhalación) requieren una Autorización de Uso Terapéutico
abreviada a excepción de lo mencionado en el párrafo
siguiente.
Los preparados de uso tópico que se utilicen para desórdenes
dermatológicos (incluyendo iontoforesis/fonoforesis),
óticos, nasales, oftalmológicos, bucales, gingivales y perianales
no están prohibidos y no requieren ningún tipo de
Autorización de Uso Terapéutico.
Sustancias prohibidas en ciertos deportes
P1. Alcohol.
El alcohol (etanol) sólo está prohibido en Competición
en los siguientes deportes. La detección se realizará por
análisis del aliento y/o de la sangre. El umbral de violación
de norma antidopaje de cada federación se indica
entre paréntesis (valores hematológicos):
Automovilismo (FIÁ) (0.10 g/L).
Bolos (bolos CPI (0.10 g/L).
Deportes aéreos (FAI) (0.20 g/L).
Karate (WKF) (0.10 g/L).
Motociclismo (FIM) (0.10 g/L).
Motonáutica (UIM) (0.30 g/L).
Pentatlón moderno (UIPM) en disciplinas con tiro (0.10 g/L).
Tiro con arco (FITA, CPI) (0.10 g/L).
P2. Betabloqueantes.
A menos que se especifique lo contrario, los betabloqueantes
sólo están prohibidos en Competición en los
siguientes deportes:
Automovilismo (FIÁ).
Billar (WCBS).
Bobsleigh (FIBT).
Bolos (CMSB, bolos CPI).
Bridge (FMB).
Curling (WCF) Deportes aéreos (FAI).
Esquí/Snowboard (FIS) en saltos, acrobacias y halfpipe
estilo libre de esquí, y halfpipe.
y
Big Air de snowboard.
Gimnasia (FIG).
Lucha (FILA).
Motociclismo (FIM).
Motonáutica (UIM).
Pentatlón Moderno (UIPM) en disciplinas con tiro.
Nueve bolos (FIQ).
Tiro (ISSF, CPI) (prohibidos también fuera de competición).
Tiro con arco (FITA, CPI) (prohibidos también fuera de
competición).
Vela (ISAF) sólo para los timoneles de match-race.
Los betabloqueantes incluyen, pero no se limitan a:
Acebutolol, alprenolol, atenolol, betaxolol, bisoprolol,
bunolol, carteolol, carvedilol, celiprolol, esmolol, labetalol,
levobunolol, metipranolol, metoprolol, nadolol, oxprenolol,
pindolol, propranolol, sotalol, timolol.
SUSTANCIAS ESPECÍFICAS*
A continuación se enumeran las «sustancias específicas
»*:
Todos los agonistas beta-2 inhalados salvo el salbutamol
(Libre más glucurónido) a concentraciones mayores
que 1000 ng/mL y el clembuterol (enumerados en la Sección
S1.2: Otros Agentes Anabolizantes);
Inhibidores de la alfa-reductasa, probenecida;
Catina, cropropamida, crotetamida, efedrina, etamiván,
famprofazona, fenprometamina, heptaminol, isometepteno,
levometanfetamina, meclofenoxato, p-metilanfetamina,
metilefedrina, niquetamida, norfenefrina, octopamina,
ortetamina, oxilofrina, propilhexedrina, selegilina,
sibutramina, tuaminoheptano, y todo otro estimulante no
mencionado expresamente en la sección S6 si el Deportista
puede demostrar que cumple con las condiciones
descriptas en la sección S6;
Cannabis y sus derivados;
Todos los glucocorticoesteroides;
Alcohol;
Todos los betabloqueantes.
* «La lista de sustancias y métodos prohibidos puede
identificar sustancias específicas que sean particularmente
susceptibles de causar una violación de norma antidopaje
no intencionada a causa de su disponibilidad general en
medicamentos o que sean menos probables de utilizarse
con éxito como agentes de dopaje.» Una violación de la
norma antidopaje en la que estén involucradas dichas sustancias
puede originar una reducción de sanción siempre y
cuando el «. Deportista pueda demostrar que el uso de la
sustancia específica en cuestión no fue con intención de
aumentar su rendimiento deportivo.».
-Espero haberle servido de ayuda y si no tiene ninguna duda más le agradecería que finalizase esta conversación mediante su puntuación para que pueda ser expuesta en la web, otras personas le lean y se beneficien.
Orina
Anfetamina/Speed: hasta las 72 horas.
Éxtasis: hasta las 72 horas.
Cannabis:
-Consumo moderado: de 14 a 20 días.
-Consumo crónico: de 14 hasta 50 días.
Cocaína: hasta 72 horas.
Alcohol: es cuestión de horas.
LSD: de uno a cinco días.
Poppers: indetectable.
Es algo genérico.
Todo esto es en la orina por lo que el tiempo en sangre es más prolongado.
Donde más tiempo prevalecen los restos es en el cabello de meses hasta años.
-En su caso debería de dejar sin consumir totalmente nada como mínimo 2 meses, por lo que si se hace un antidoping en el tiempo que me comenta lo normal es que salga positivo, pero como siempre digo cada cuerpo es diferente además de que hay muchos factores influyentes: edad, dieta, calidad y cantidad de la sustancia, modo de vida... etc todo influye por lo que puede que "suene la flauta". Porque el tiempo estimado de duración de dicha sustancia es una media sacada mediante estudios y estadísticas, por lo que habrá gente que le dure más tiempo y a otras menos, pero en su caso es complicado, muy poco tiempo...
Un consejo:
- Las leyendas urbanas de hacer deporte, beber agua o leche, comer fruta.. etc son totalmente falsas. En el caso de la sangre o cabello no hay ningún remedio, medicina o forma para hacer desaparecer dicha sustancia. En el caso de la orina suele ayudar tomar infusión de alguna hierba natural que tenga propiedades diuréticas o algún complejo vitamínico con la misma funcionalidad para ayudarle a orinar con mayor frecuencia pero no elimina por completo la sustancia.
Lo dicho no hay milagros de última hora, solo si se trata de un antidoping de orina como le dije puede tomar infusiones de por ejemplo cola de caballo que es una planta con propiedades diuréticas que le ayudará a orinar con mayor frecuencia y así eliminar líquidos pero insisto no es un remedio, solo una ayuda.
-Es cierto lo que me comenta de la grasa, por eso no se recomienda comer alimentos grasos en estos casos porque la sustancia se acumula en ella y es muy difícil hacerla desaparecer. Como le he comentado la única opción es orinar con mayor frecuencia, depurar la orina ya que estamos hablando de un antidoping de orina y sobre todo no ingerir alimentos de los que he mencionado.
-Hay mucha polémica con el tema de los batidos porque ya he leído de todo. Hay sustancias en algunos de ellos que modifican los antidoping dando positivo o salen análisis raros. Como no sé de qué tipo de producto hablamos porque hay muchos le paso una lista según la ley de las sustancias ilegales: (decirle que si se trata de un batido simplemente proteico no se considera doping, si contiene alguna de las siguientes sustancias o hablamos de anabolizantes y demás productos que se suelen tomar en el gimnasio para aumentar milagrosamente la masa muscular, hay muchos de ellos que dan problemas)
Sustancias y métodos prohibidos (en y fuera de competición)
Sustancias prohibidas
S1. Agentes anabolizantes.
Se prohíben los agentes anabolizantes.
S1.1 Esteroides Anabolizantes Androgénicos (EAA):
a) EAA exógenos*, entre ellos:
1-Androstendiol (¿androst-5?-1-En-3ß, 17ß-diol); 1-androstendiona
(¿5? Androst-1-en-3,17-diona); bolandiol (19-
norandrostendiol); bolasterona; boldenona; boldiona
(androsta-1,4-dieno-3,17-diona); calusterona; clostebol;
danazol (17?-etinil-17ß-hidroxiandrost-4-eno[2,3-d]isoxazol);
dehidroclorometiltestosterona (4-cloro-17ß-hidroxi-17?-
metilandrosta-1,4-dien-3-ona); desoximetiltestosterona
(17a-metil-5?-androst-2-en-17ß-ol); drostanolona; estanozolol;
estenbolona; etilestrenol (19-nor-17?-pregna-4-en-
17-ol); fluoximesterona; formebolona; furazabol (17ßhidroxi-
17? -metil-5? -androstano[2,3-c]-furazan);
gestrinona; 4-hidroxitestosterona (4,17ß-dihidroxiandrost-
4-en-3-ona); mestanolona; mesterolona; metandienona
(17ß-hidroxi-17?-metilandrosta-1,4-dien-3-ona);
metandriol; metasterona (2?, 17?-dimetil-5?-androstan-
3-ona-17ß-ol); metenolona; metildienolona (17ßhidroxi-
17??metilestra-4,9-dien-3-ona); metil-1-testosterona
(17ß-hidroxi-17??metil-5?-androst-1-en-3-ona);
metilnortestosterona (17ß-hidroxi-17??metilestr-4-en-3-
ona); metiltrienolona (17ß-hidroxi-17?-metilestra-4,9,11-
trien-3-ona); metiltestosterona; mibolerona; nandrolona;
19-norandrostendiona (ester-4-en-3,17-diona); norboletona;
norclostebol; noretandrolona; oxabolona; oxandrolona;
oximesterona; oximetolona; prostanozol ([3,2-
c]pirazol-5?-etioalocolano-17ß-tetrahidropiranol);
quinbolona; 1-¿Testosterona (17ß-hidroxi-5?-Androst-1-
En-3-ona); tetrahidrogestrinona (18a-homo-pregna-4,9,11-
Trien-17ß-ol-3-ona); trenbolona y otras sustancias con
estructura química o efectos biológicos similares.
b) EAA endógenos**:
Androstendiol (androst-5-en-3ß, 17ß-diol); androstendiona
(Androst-4-en-3,17-diona); dihidrotestosterona
(¿17ß-hidroxi-5? Androstan-3-ona); prasterona (dehidroepiandrosterona,
DHEA); testosterona y los siguientes
Metabolitos e isomeros:
¿5?-¿Androstan-3?, ¿17?diol; 5?-¿Androstan-3?, 17ß-
diol; 5?-androstan-3ß, 17a-diol; ¿5?-Androstan-3ß, 17ß-
diol; androst-4-en-¿3?, ¿17?-diol; androst-4-en-¿3?, 17ß-
diol; androst-4-en-3ß,17?-diol; androst-5-en-3?,17?-diol;
Androst-5-en-¿3?, 17ß-diol; androst-5-en-3ß, ¿17?-diol; 4-
Androstendiol (androst-4-en-3ß, 17ß-diol); 5-androstendiona
(androst-5-en-3,17-diona); epi-dihidrotestosterona;
3?-hidroxi-5?-androstan-17-ona; 3ß-hidroxi-5?-androstan-
17-ona; 19-norandrosterona; 19-noretiocolanolona.
Están prohibidas las siguientes sustancias y sus factores
de liberación:
1. Eritropoyetina (EPO);
2. Hormona de Crecimiento (hGH), Factores de Crecimiento
análogos a la Insulina (p. ej., IGF-1), Factores de
Crecimiento Mecánicos (MGF);
3. Gonadotrofinas (por ejemplo, LH, hCG), prohibidas
sólo para hombres;
4. Insulinas;
5. Corticotrofinas.
Están prohibidas las siguientes clases:
1. Inhibidores de la aromatasa, que incluyen pero no
se limitan a: anastrozol, letrozol, aminoglutetimida, exemestano,
formestano, testolactona.
2. Moduladores selectivos de los receptores de
estrógeno (SERM), que incluyen pero no se limitan a:
Raloxifeno, tamoxifeno, toremifeno.
3. Otras sustancias antiestrogénicas, que incluyen
pero no se limitan a: clomifeno,
ciclofenil, fulvestrant.
4. Agentes que modifican la(s) función(es) de la
miostatina, que incluyen pero no se limitan a: inhibidores
de la miostatina.
S5. Diuréticos y otros agentes enmascarantes.
Los agentes enmascarantes están prohibidos. Éstos
incluyen:
Diuréticos*, epitestosterona, probenecida, inhibidores
de la alfa-reductasa (p. Ej., finasteride, dutasteride),
expansores del plasma (p. Ej., albúmina, dextrano,
hidroxietilalmidón) y otras sustancias con efectos biológicos
similares.
Entre los diuréticos se cuentan:
Acetazolamida, ácido etacrínico, amiloride, bumetanida,
canrenona, clortalidona, espironolactona, furosemida,
indapamida, metolazona, tiazidas (p. Ej., bendroflumetiazida,
clorotiazida, hidroclorotiazida), triamtereno, y
otras sustancias con estructura química o efectos biológicos
similares (a excepción de la drosperinona, que no
está prohibida).
Sustancias y métodos prohibidos en competición
Además de las categorías de la S1 a la S5 y de la M1 a
la M3 que se han definido anteriormente, se prohíben las
siguientes categorías en competición:
Sustancias prohibidas
S6. Estimulantes.
Todos los estimulantes [incluidos sus isómeros ópticos
(D-Y L-) cuando corresponda] están prohibidos, a excepción
de los derivados de imidazol de uso tópico y los estimulantes
incluidos en el programa de seguimiento 2008*.
Entre los estimulantes se cuentan:
Adrafinil, adrenalina**, amifenazol, anfepramona,
anfetamina, anfetaminil, benzfetamina, benzilpiperazina,
bromantán, catina***, ciclazodona, clobenzorex, cocaína,
cropropamida, crotetamida, dimetilanfetamina, efedrina****,
estricnina, etamiván, etilanfetamina, etilefrina,
famprofazona, fenbutrazato, fencamfamina, fencamina,
fendimetrazina, fenetilina, 4-fenilpiracetam (carfedón),
fenfluramina, fenmetrazina, fenprometamina, fenpropoBOE
núm. 5 Sábado 5 enero 2008 1039
rex, fentermina, furfenorex, heptaminol, isometepteno,
levometanfetamina, meclofenoxato, mefenorex, mefentermina,
mesocarb, metanfetamina (D-), metilendioxianfetamina,
metilendioximetanfetamina, pmetilanfetamina,
metilefedrina****, metilfenidato, modafinil, niquetamida,
norfenefrina, norfenfluramina, octopamina, ortetamina,
oxilofrina, parahidroxianfetamina, pemolina, pentetrazol,
prolintano, propilhexedrina, selegilina, sibutramina, tuaminoheptano,
y otras sustancias con estructura química o
efectos biológicos similares.
* Las siguientes sustancias incluidas en el programa
de seguimiento 2008 (bupropión, cafeína, fenilefrina, fenilpropanolamina,
pipradol, pseudoefedrina, sinefrina) no
se consideran Sustancias Prohibidas.
** No se prohíbe la adrenalina asociada con agentes
de anestesia local o por administración local (p. ej., nasal,
oftalmológica).
*** Se prohíbe la catina cuando su concentración en
orina supere los 5 microgramos por mililitro.
**** Se prohíben tanto la efedrina como la metilefedrina
cuando su concentración en orina supere los 10
microgramos por mililitro.
Un estimulante no expresamente mencionado como
ejemplo en esta sección podrá ser considerado una Sustancia
Especificada solamente si el Deportista puede
demostrar que la sustancia en cuestión es particularmente
susceptible de causar una violación de norma antidopaje
no intencionada a causa de su disponibilidad
general en medicamentos o de su menor probabilidad de
ser abusada con éxito como agente de dopaje.
S7. Analgésicos narcóticos.
Están prohibidos los siguientes narcóticos:
Buprenorfina, dextromoramida, diamorfina (heroína),
fentanil y sus derivados, hidromorfona, metadona, morfina,
oxicodona, oximorfona, pentazocina, petidina.
S8. Cannabinoides.
El cannabis y sus derivados (p. ej., hachís, marihuana)
Están prohibidos.
S9. Glucocorticoesteroides.
Están prohibidos todos los glucocorticoesteroides que
se administren por vía oral, rectal, intravenosa o intramuscular.
Su uso requiere la aprobación de una Autorización
de Uso Terapéutico.
Otras vías de administración (inyección intraarticular/
periarticular/ peritendinosa/ peridural/ intradérmica y por
inhalación) requieren una Autorización de Uso Terapéutico
abreviada a excepción de lo mencionado en el párrafo
siguiente.
Los preparados de uso tópico que se utilicen para desórdenes
dermatológicos (incluyendo iontoforesis/fonoforesis),
óticos, nasales, oftalmológicos, bucales, gingivales y perianales
no están prohibidos y no requieren ningún tipo de
Autorización de Uso Terapéutico.
Sustancias prohibidas en ciertos deportes
P1. Alcohol.
El alcohol (etanol) sólo está prohibido en Competición
en los siguientes deportes. La detección se realizará por
análisis del aliento y/o de la sangre. El umbral de violación
de norma antidopaje de cada federación se indica
entre paréntesis (valores hematológicos):
Automovilismo (FIÁ) (0.10 g/L).
Bolos (bolos CPI (0.10 g/L).
Deportes aéreos (FAI) (0.20 g/L).
Karate (WKF) (0.10 g/L).
Motociclismo (FIM) (0.10 g/L).
Motonáutica (UIM) (0.30 g/L).
Pentatlón moderno (UIPM) en disciplinas con tiro (0.10 g/L).
Tiro con arco (FITA, CPI) (0.10 g/L).
P2. Betabloqueantes.
A menos que se especifique lo contrario, los betabloqueantes
sólo están prohibidos en Competición en los
siguientes deportes:
Automovilismo (FIÁ).
Billar (WCBS).
Bobsleigh (FIBT).
Bolos (CMSB, bolos CPI).
Bridge (FMB).
Curling (WCF) Deportes aéreos (FAI).
Esquí/Snowboard (FIS) en saltos, acrobacias y halfpipe
estilo libre de esquí, y halfpipe.
y
Big Air de snowboard.
Gimnasia (FIG).
Lucha (FILA).
Motociclismo (FIM).
Motonáutica (UIM).
Pentatlón Moderno (UIPM) en disciplinas con tiro.
Nueve bolos (FIQ).
Tiro (ISSF, CPI) (prohibidos también fuera de competición).
Tiro con arco (FITA, CPI) (prohibidos también fuera de
competición).
Vela (ISAF) sólo para los timoneles de match-race.
Los betabloqueantes incluyen, pero no se limitan a:
Acebutolol, alprenolol, atenolol, betaxolol, bisoprolol,
bunolol, carteolol, carvedilol, celiprolol, esmolol, labetalol,
levobunolol, metipranolol, metoprolol, nadolol, oxprenolol,
pindolol, propranolol, sotalol, timolol.
SUSTANCIAS ESPECÍFICAS*
A continuación se enumeran las «sustancias específicas
»*:
Todos los agonistas beta-2 inhalados salvo el salbutamol
(Libre más glucurónido) a concentraciones mayores
que 1000 ng/mL y el clembuterol (enumerados en la Sección
S1.2: Otros Agentes Anabolizantes);
Inhibidores de la alfa-reductasa, probenecida;
Catina, cropropamida, crotetamida, efedrina, etamiván,
famprofazona, fenprometamina, heptaminol, isometepteno,
levometanfetamina, meclofenoxato, p-metilanfetamina,
metilefedrina, niquetamida, norfenefrina, octopamina,
ortetamina, oxilofrina, propilhexedrina, selegilina,
sibutramina, tuaminoheptano, y todo otro estimulante no
mencionado expresamente en la sección S6 si el Deportista
puede demostrar que cumple con las condiciones
descriptas en la sección S6;
Cannabis y sus derivados;
Todos los glucocorticoesteroides;
Alcohol;
Todos los betabloqueantes.
* «La lista de sustancias y métodos prohibidos puede
identificar sustancias específicas que sean particularmente
susceptibles de causar una violación de norma antidopaje
no intencionada a causa de su disponibilidad general en
medicamentos o que sean menos probables de utilizarse
con éxito como agentes de dopaje.» Una violación de la
norma antidopaje en la que estén involucradas dichas sustancias
puede originar una reducción de sanción siempre y
cuando el «. Deportista pueda demostrar que el uso de la
sustancia específica en cuestión no fue con intención de
aumentar su rendimiento deportivo.».
-Espero haberle servido de ayuda y si no tiene ninguna duda más le agradecería que finalizase esta conversación mediante su puntuación para que pueda ser expuesta en la web, otras personas le lean y se beneficien.
Ahh se me olvidaba.. también me han comentado por ahí.. que el THC se almacena en las grasa.. y que el echo de sudar mucho hace quemarlo.. y que ayude mucho en quitarlo de tu cuerpo... ¿es cierto?
Buenas.. muchas gracias por tu contestación. No me he podido conectar antes..
Al final me copre un batido enmascarador de orina .. Y todo perfesto las pasee..
Muchas gracias por su contextacion.
Al final me copre un batido enmascarador de orina .. Y todo perfesto las pasee..
Muchas gracias por su contextacion.
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