Gestión de envases ecoembes

Buenas tardes por el presente les quería solicitar información, sobre si legalmente para las empresas, existe la posibilidad de gestionar envases (con símbolo Ecoembes) en contenedor amarillo, aunque los mismos hayan contenido algún tipo de producto peligroso, si esto es así, a que RD o Ley podemos acogernos para hacerlo.
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No sé como está en otras comunidades, pero al menos en Cataluña, una vez que un envase a contenido una sustancia peligrosa, automáticamente se convierte en un residuo peligroso lo que te obliga a gestionarlo según lo harías para dicha sustancia, es decir, no se puede eliminar en contenedor amarillo. Por ejemplo que en su momento metió pintura en una botella de agua, esa botella se debería de gestionar con un gestor autorizado para tratar residuos de pintura o para tratar envases contaminados (se mira en el catalogo CER). La ley de españa de residuos es la 10/1998.
La comunidad en la que estamos es Madrid, y parece ser que esto si que es posible ya que en la auditoria que tuvimos este año el auditor nos lo indico, lo que no ha podido facilitarnos es alguna Ley o Rd en la que ampararnos.
Gracias
Como le he comentado la ley de residuos es la 10/98,la nuestra autonómica es más restrictiva y por eso no nos lo deja hacer, no me es posible pensar entonces como se puede hacer en Madrid ya que desconozco la forma de proceder en empresas de fuera (siempre he trabajado en empresas de Cataluña) lo siento.

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