Expediente por incumplir lssi

Aprovechando la conformación de una empresa con actividad económica servicios electrónicos, unos compañeros abrieron un tiempo una página para ofrecer alquiler de servidores de juegos on line. En fin, que aunque la página estuvo muy poco tiempo "al aire" y en funcionamiento, han recibido una carta de notificación de apertura de expediente sancionador por no haber puesto la información de propiedad de la empresa en la página (a quien pertenecía, si los precios incluían IVa, en fin, las cosas básicas que pide la ley). Aunque la página estuvo muy poco tiempo funcionando y en realidad no tuvieron prácticamente ingresos, ¿ni 100? -Era simplemente una prueba a ver qué recepción tenía ese servicio- han recibido la notificación, y según parece, la infracción aunque leve, ¿acarrearía 3000? De multa. ¿Hay alguna forma de solucionarlo o de explicar la situación para librarse o bajar la multa o de la sanción?

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Respuesta
Por lo que indicas se trataría de un incumplimiento del art.10 de la LSSICE. Lo mejor sería interponer el correspondiente recurso administrativo, en el caso que aún se esté a tiempo, argumentando lo que plantea en su consulta. De todas formas el incumplimiento de la ley y la interposición de la correspondiente sanción leve, son lo que prevé la LSSICE.

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