Accidente laboral bombero
Buenas
Este mayo, trabajando me hice daño en la espalda. Así quedo reflejado en el parte del día interno.
Fui a la mutua. Y bueno la verdad es que para trabajar si estaba. Yo pensé que había sido un simple tirón.
al poco tiempo me paso otra vez y esta vez ya no me podía ni mover. Me hacen resonancia, hernia discal L5-s1. Me operan y bueno. La operación es en una ciudad diferente a la mía.
Después me entero a que tengo derecho a 0,19 céntimos km a dietas del acompañante porque llevo mi coche y no puedo conducir.
Al esta de baja estoy perdiendo unos 350€ netos, en concepto de sábados, domingos y localizaciones, que me gustaría hacer, pero al estar de baja no puedo.
No me gusta decir el nombre, pero Ibermutuamur, tiene publicados en el 2014 unas bases de cotización y conceptos computables.
Ahí pone los de los 0,19 céntimos en traslados, mas peajes y parking si fuese preciso. Incluso al final del informe pone, "cualquier otro concepto retributivo, abonado por los empresarios, no mencionado expresamente en los apartados anteriores"
Con todo esto fui a la mutua y se lo dije. Me dicen que no, que eso es para ellos y sus deducciones. Claro, si vas a deducir por mis conceptos de nómina, me los tendrás que pagar?
Me remiten a:
Orden TIN/971/2009, de 16 de abril de 2009 (BOE nº 97, de 21 de abril de 2009)
- Resolución de 21 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (BOE
nº 266, de 4 de noviembre de 2009), donde se desarrolla la orden TIN/971/2009, de 16 de abril
Esto es anterior a lo que yo digo que esta publicado el 22 de diciembre de 2013.
Yo creo que tengo razón yo. ¿Por qué? Porque yo no quiero estar de baja, y es accidente laboral, lo que entiendo que no tengo que perder ni un céntimo. Porque para estas cosas tiene el Ayuntamiento la Mutua.
Estaría muy agradecido si me pueden aclarar todo este entuerto que tengo.
He intentado contar todos los detalles importantes. Estoy de baja desde 17 de junio 2014
Un saludo y gracias
Rubén