Indemnización por despido en régimen agrario y régimen general

Hola, mi marido lleva desde febrero de 2005 trabajando en una finca de olivar de manera continuada y por jornales, los herederos de ésta quieren despedir a los trabajadores puesto que no hay producción para tantos trabajadores. En su informe de vida laboral consta que ha estado cotizando en el régimen agrario hasta el 31 de diciembre de 2011 (2568 días) y desde el 1 de enero de 2012 pertenece al régimen general según ley (constando más de 1000 días cotizados).

Lo que deseamos conocer es una vez que finalice el contrato que indemnización tiene derecho a percibir, si se le aplica solo lo que establezca el régimen general o se tiene en cuenta el tiempo cotizado en el régimen agrario. Y que causas pueden alegar para finalización de contrato.

Muchas gracias

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