¿Pueden las puertas, o cancelas, abrirse hacia afuera invadiendo el camino público?

Tengo una finca, y accedo a ella a través de una servidumbre de paso, por otra finca que, a su vez, linda a camino público. El acceso al camino público se hace por una cancela, que abre hacia fuera; hace un tiempo mi vecino, por mala fe, pone unos topes en las pareces para que las puertas abran, en vez de 180º, como antes, lo hagan a 90º., y por tanto, perpendiculares al camino. Ahora me encuentro, ya que el camino, es estrecho, que tengo dificultades para entrar porque me encuentro la cancela de frente y no puedo maniobrar. La entrada se hace sobre unos tubos con escombros y tierra, para salvar la cuneta, pero son cortos, dejando la cuneta a la vista, con el peligro de meter la rueda; eché cemento para que no patinara el coche, pero el vecino lo destrozó. 

Mi pregunta:

  1. Puede mi vecino limitarme, dentro del camino público, la entrada a la servidumbre, actuando de mala fe, porque no hay causa que justifique lo que hace?.
  2. Puede mi vecino ocupar con la cancela el dominio público; ¿tienen que cerrar las cancelas hacia adentro, y no hacia fuera?
  3. Puedo solicitar al Ayuntamiento, ya que es dominio público, aunque haya sido el vecino quién a hecho la obra de la entrada, poner un nuevo tubo para evitar el peligro, y echar hormigón en la entrada para evitar que los coches patinen?

Algún consejo, gracias.

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