URGENTE - ¿Firmar conciliación laboral impide reclamar nóminas mal calculadas?

Hola,

Estoy negociando con mi empresa el despido y me proponen firmar una conciliación ante departamento de empresa y ocupación, yo estoy de acuerdo con lo que me proponen, pero mi pregunta es:

Si firmo la conciliación como que estoy de acuerdo con la liquidación de vacaciones, partes proporcionales e indemnización por despido,  si luego reviso alguna nómina y esta mal calculada puedo reclamarla si aún no ha pasado 1 año? O al firmar la conciliación pierdo el derecho a reclamar salarios que pudieran estar mal calculados?

Gracias,

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Te prevengo que vayas con mucho cuidado. Cuando tengas que firmar un documento, asegurate de que es correcto y de que no quedan "flecos". Lo normal es que la empresa te ponga delante un documento de finiquito en el que tu renuncies de forma expresa a cualquier reclamación posterior. Una vez firmada este documento, de poco te servirá encontrar algún error de cálculo, no habrá modo de repararlo. Es ahora, cuando todavía no has firmado nada, cuando debes estudiar la liquidación, hablar con un abogado del sindicato, o con un miembro del comité de empresa, o con alguien que te pueda asesorar previamente.

Hola José Vicente,

Agradecerte tu respuesta y la he valorado excelente.

Quería comentarte que hemos firmado la conciliación pero se añadió un último concepto por una cantidad que adeudaba la empresa en el acto de conciliación y el letrado conciliador sólo puso que se haría efectiva por todo el día de hoy, pero no indicó si por transferencia o cheque o efectivo.... (eso si lo indicó en las indemnizaciones y si las han pagado) la empresa no se ha puesto en contacto conmigo para decirme como cobrar esa cantidad, estoy llamando y no me cogen el teléfono. 

¿Tienen un plazo para hacer el pago? si finalmente me dieran un cheque podrían ponerle la fecha que les diera la gana?


En conciliación me han dicho que ponga la denuncia en el juzgado de lo social, podrías informarme como se hace este trámite?

He leído que puedo hacerlo yo mismo sin abogados, existe un documento a rellenar?

Deben pagarme intereses y demora de costas según el artículo 251 Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social? Cómo se calculan sin son 100€ lo adeudado? el artículo es un poco complicado de interpretar para mí.
Muchas gracias por tu atención, 

Ante todo agradecer la valoración de mi respuesta.

En segundo lugar, lamento que te hayan dejado de pagar esa cantidad que indicas (si sólo son 100 Euros, es para darse con un canto en los dientes).

Efectivamente, lo pactado en el acto de conciliación es ley para ambas partes. Por lo tanto, si no se cumple, puedes presentar una demanda en el Juzgado de lo Social pidiendo el principal adeudado, los intereses y las costas. Lo que te han dicho es cierto: no se requiere ni abogado ni procurador. Hasta aquí todo perfecto.

Ahora bien, es una auténtica temeridad iniciar un procedimiento judicial sin abogado. Que no sea necesario abogado no significa que no sea conveniente. Ya no se trata solo de redactar la demanda (que la podrías hacer si tienes un modelo), sino que luego hay que ir a una vista oral (donde se ratifica la demanda, se proponen pruebas, se practican y se emiten conclusiones). Y por si fuera poco, hasta en el caso de obtener sentencia favorable (pues el asunto no parece revestir complejidad), si la empresa no te paga, hay que iniciar el proceso de ejecución (y aquí empieza la cosa a complicarse).

En definitiva, un "marrón" como suele decirse. La cuestión es si realmente vale la pena por la cantidad adeudada. Mi consejo es que pidas ayuda a alguien próximo que entienda un poco de estos temas. Desconozco tu lugar de residencia y si estuvieses cerca de mi despacho me brindaría a ayudarte ¿dónde resides? Yo estoy en Ibi (Alicante).

¡Gracias!José Vicente. Al final se ha solucionado todo y han pagado lo que acordamos. Yo resido en Barcelona, quedas un poco lejos, pero no se si tienes algún "colega" por aquí que me puedas recomendar por si algún día (espero que no) vuelva a verme en una situación parecida.

No te puedo recomentar a nadie en Barcelona, me pilla lejos. Pero te voy a dar un consejo: si eres trabajador por cuenta ajena, nadie mejor que un sindicato para defenderte. Los que más saben de derecho laboral de este país son los abogados de los sindicatos (y los de la patronal, claro). Por algunos oscuros motivos, hay gente a la que le conviene denigrar y desprestigiar a los sindicatos, pero un trabajador no debería dar crédito a este tipo de difamaciones interesadas.

Me alegro de que todo se haya solucionado. Te deseo mucha suerte.

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