Dudas con situación de IT y nóminas

Buenas tardes a tod@s.
Empezare desde el principio para ubicar a la persona que me ayude.
Estoy de IT desde Mayo de 2014, sector Hosteleria, contrato indefinido desde principios de 2011.
Al llegar al tope de los 180 días y haber pasado por el EVI he recibido una carta en la cual me dicen que "se ha acordado iniciar un expediente de incapacidad permanente con fecha 03-11-14" y al día siguiente recibo otra carta en la cual me dicen que me prorrogan la IT con un máximo de 6 meses.

Decir que todo este tiempo y eso 6 meses prorrogados estoy cobrando por mediación de la mutua.


Desde la primera vez que me cito el EVI he estado reclamandole a la empresa que me rellenase el documento que me solicitaban estos, en el cual debia constar el cargo desempeñado asi como todas las funciones que realizaba antes de la baja, a lo cual se negaban a rellenarmelo. Una vez que me lo han rellenado no me han puesto realmente la categoria la cual desarrollaba en mi puesto. Esto lo comente en el EVI y me dijerón que hiciera yo un escrito con la categoría y las funciones.
Estoy desde el principio cobrando por mediación de la mutua 900 €.
Y ahora me he dado cuenta de todo...
Pensaba, al ver los 900€, que estaba cobrando el 55% de mi sueldo cuando en realidad debia de cobrar el 75%.
Mi sueldo era 1.700€ pero la empresa cuando me subio de categoria de "Cocinero" a "Jefe de cocina" en Junio del 2012, no me modifico el contrato ni la nomina, de las cuales por cierto no tengo ninguna porque simplemente no las daba alegando problemas con la gestoria.
Me ha llegado un mensaje de la TGSS diciendo que esta tramitada la baja en la empresa con fecha 11-11-14 y ya lei por otro lado que me tienen que guardar el puesto ante un posible alta, pero y mis vacaciones. Me comentarón que si te daban el alta y te incorporabas al trabajo tenias derecho a todas las vacaciones, pero ¿y mis vacaciones de los primeros 5 meses de 2013?
¿como puedo reclamar todo eso?, diferencia de sueldo, vacaciones, etc...
He estado sin percibir todos estos meses, pues 400€ menos, y cotizando menos, y ¿si me dan la IP sera menos?...

Leo esto..

Las empresas vendrán obligadas, a satisfacer al trabajador que lleve como mínimo 6 meses de servicio y durante un periodo máximo de 12 meses, siempre que no sea sustituido por un trabajador interino, el complemento necesario para que computando lo que perciba con cargo a la Seguridad Social por prestación económica de Incapacidad Temporal, alcance el 100% del salario base de éste Convenio.

¿como se si me han sustituido por un trabajador interino?, a mi no me han dado el 100% el primer año y se que un cocinero que hay esta haciendo mi sustitución (jefe de cocina) pero ya digo, con el contrato de ayudante de cocina.

Por favor, espero que alguien me oriente un poco, esto ya es lo que me hacia falta...

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