¿Cómo se liquida el nuevo IVA Tecnológico en Comerciantes Minoristas afectados por Recargo de Equivalencia?
Soy un comerciante minorista que comercializo productos tecnológicos (móviles, ordenadores, tablet, etc) afectados por la nueva regla de inversión de sujeto pasivo establecida en la nueva reforma fiscal 28/2014.
Soy por tanto profesional revendedor y estoy sujeto al recargo de equivalencia por ser comerciante.
Con la nueva modificación me ha surgido la siguiente incógnita:
- Anteriormente mis proveedores mayoristas me facturaban repercutiendo en la factura el IVA más el Recargo de Equivalencia, siendo ellos los encargados de liquidar las cantidades a Hacienda.
- Ahora al aplicarse la nueva regla de inversión de sujeto pasivo ¿cómo se tendrían que liquidar esas cantidades tributarias? ¿Se sigue teniendo en cuenta el Recargo de Equivalencia?
Sigo planteándome el problema pero no encuentro respuesta clara.
2 Respuestas
Respuesta de luisppk
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Respuesta de wiilly