Llegar a Perú con billetes solo de ida

El próximo 9 de Diciembre quiero ir a Perú junto con mis hijos a casarme con mi novia y para trabajar y vivir allí. Se que cuando vas de turista te dan una visa de 90 días pero tienes que tener billetes de avión pagados para volver.

Yo quisiera comprar billetes solo para ir, ya que nos vamos a quedar allí, pero temo que en inmigración me pidan billetes de vuelta y al no tenerlos no nos dejen entran al país.

¿Es posible ir a Peru sin billetes de vuelta?

¿O tendre que resignarme y comprarlos para no usarlos y no volver?

Y en inmigración... ¿se pueden pedir los 189 días de tope máximo para turistas o te dan los días que quieren?

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Respuesta

Pues en el año 2008 viaje varias veces a Perú. Sólo con el billete de ida. Y no tuve problemas. No se si habrán cambiado las normas. Puedes entrar en la página web del consulado y consultar.

Respecto a la duración del visado, antes de que caduque puedes pedir prórroga por otros 3 meses.

¡Gracias! 

Durante tu estancia y despues de la boda aprovecha también para hacer todos los trámites para solicitar la nacionalidad en Perú y así poder residir sin visados. Luego tienes que volver a España y hacer más trámites en el consulado de España. Y luego tienes que volver a Perú. Todo ese tramite en un plazo máximo de tres meses desde que lo inicias.

Otra sugerencia haz separación de bienes. No te arrepentirás.

Asegúrate de llevar toda la documentación para la boda en Perú.

Tiene que estar legalizada para que puedas presentarla en el extranjero.

Yo también me he casado en Perú y ha sido un papeleo de narices.

Por favor...  si te casaste en Perú por favor infórmame de lo que necesitaste y lo que tuviste que legalizar y como y donde...  Por que una vez que me vaya no voy a volver...  no tiene sentido volver a España. en todo caso presentar los papeles de la boda en el Consulado de España en Lima y que me la legalicen. No creo que me pongan pegas pues no voy a volver a España mi traslado es definitivo. Se supone que una vez me case con una Peruana me darán visa de residente no? Y esa se renueva????

Por favor cualquier ayuda es poca..

Ahora mismo para la boda civil tengo:

partida de nacimiento

partida de defunción de mi primera esposa

certificado de fe y estado para demostras que estoy DIVORCIADO ACTUALMENTE. Mis hijos son de mi primera esposa.

sentencia de divorcio de mi segunda esposa

nif  pasaporte y carnet de conducir

Libro familia primer matrimonio

Libro familia mi segundo matrimonio

Certificado empadronamiento en Madrid.. (Debo empadronarme en Peru y sacar allí  un certificado domiciliario?)

ME FALTA PUBLICAR LA BODA EN EL DIARIO DEL PUEBLO, EL CERTIFICADO MEDICO QUE LO HARE ALLI Y LA SOLICITUD Y PAGAR LAS TASAS EN EL BANCO DE LA NACION.

¿NECESITO ALGO MAS?

LEGALIZAR LOS DOCUMENTOS SON QUE LLEVEN LA APOSTILLA DE LA HAYA?

POR FAVOR AYUDAME..  GRACIAS...

Efectivamente, legalizar es que lleven la apostilla de la Haya.

Toda la documentación que llevas debe llevar ese tramite. Incluida la fotocopia del pasaporte.

Volver a España lo tienes que hacer si o si. Parece una tontería pero tú viajas con visado turista y no se puede cambiar cuando estas en Lima. Te obligan a volver y solicitar otro visado de residencia. Yo preferí solicitar la nacionalidad (una vez casado) de esa forma en vez de un visado tramite la nacionalidad directamente en Madrid

Dime si eres de Madrid y si quieres podíamos quedar una tarde y comentar las experiencias.

Saludos...

En el DIGEMIN dicen que sí... que una vez casado allí puedo solicitar el cambio de visado por el de residente por estar casado con una peruana. Me casaria dentro del plazo de los 90 dias que me dan como turista... También puedo cambiar el visado de turista por uno de trabajo allí en el DIGEMIN previo pago de tasas y el visado me lo darían igual por 90 días, y si tengo trabajo seria prorrogable automáticamente mientras trabaje.

Si no has vuelto a Peru, parece que las cosas han cambiado mucho desde 2008

Yo soy de Fuenlabrada. De todas formas como voy en Julio de turista de verdad, me acercare al DIGEMIN y que me informen bien...

https://www.migraciones.gob.pe/index.php/solicitud-de-visas-de-residentes/ 

copio y pego:

 Solicitud de Visas de Residentes

Tiempo que toma el trámite: 30 días.

Inicio del Procedimiento:Dirección de Inmigración y Naturalización u Organos Desconcentrados.

Autoridad competente para Resolver: Director de Inmigración y Naturalización.

Autoridad encargada en caso de reconsideración:Director de Inmigración y Naturalización.

Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.

En ventanilla usted deberá presentar el formulario impreso que el sistema de citas en línea le genere, cita impresa, además de TODOS los requisitos solicitados.

e) Para el caso de casado (a) con peruano (a)

Requisitos:

  • Formulario F-007 (gratuito).
  • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/.107.50 nuevos soles).
  • Copia legible del pasaporte o documento de viaje con una vigencia mínima de seis de (06) meses. El beneficiario de la visa debe encontrarse en situación migratoria regular.
  • Partida o acta de matrimonio original inscrita en los respectivos registros civiles del RENIEC o Consulado Peruano, en este caso visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
  • Copia legible del DNI actualizado y vigente del cónyuge peruano.
  • Carta de Garantía Económica del cónyuge peruano legalizada notarialmente.

Nota:

  • Todo documento que estuviera en idioma extranjero deberá ser traducido al castellano por Traductor Colegiado.
  • En caso que el formulario es firmado por apoderado debe anexarse Carta Poder  con firma legalizada notarialmente del solicitante, si el Poder es otorgado fuera del país, debe estar legalizado por la Oficina Consular del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.

Por cierto casi se me olvida. Vivo en Fuenlabrada. te dejo mi numero y si lo deseas llamame el miércoles o jueves que viene que libro y hablamos un rato. un saludo.

enviamelo a [email protected]

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