Excedencia voluntaria, ¿Cuándo se debe comunicar?
Buenas, estoy en el sector de seguridad privada, después de comprobar el convenio colectivo no me queda muy claro con que antelación se debe de solicitar una excedencia voluntaria, sé que puede ser para un mínimo de cuatro meses y un máximo de 3 años, ¿y en caso de reincorporame con que antelación debo solicitarlo?
Gracias,