Alquiler de una habitación de mi vivienda habitual: modo de proceder, como declararlo, posible incompatibilidad con ITP reducido

He comprado un piso en Barcelona que se ha convertido en mi vivienda habitual.
Al tener 32 años en el momento de la compra, he podido beneficiarme de un tipo de ITP reducido del 5% (frente al 10%) y de un AJD del 0,5% (frente al 1,5%)
Me planteo la posibilidad de alquilar una habitación, pero me surgen varias dudas:
- En vez de LAU, tengo que regir el alquiler en base al Código Civil, ¿no?
- ¿Cómo se declara? ¿Cuál es el tipo impositivo, cómo se calcula y qué exenciones puedo aplicar?
- El piso seguirá siendo mi vivienda habitual ¿Tendré algún problema/incompatibilidad con las deducciones aplicadas en el ITP y/o el AJD?

Respuesta
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No es algo sencillo, depende de como se interprete se rige por la LAU o el CC.

Se declara en IRPF.

Podría darse el caso sino pasan 4 años.

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