Tratamiento fiscal a expatriados en México

Mi consulta es para confirmar lo que me plantea la empresa con respecto a la fiscalidad de los expatriados en México. Mi situación es la de desplazado a México como expatriado para trabajar en una obra por un período indeterminado pero en cualquier caso no mayor de tres años. Yo tengo un sueldo bruto en España al cual la empresa complementa con una prima en concepto de Complemento de Expatriación y la suma de esos dos conceptos no supera los 60.100€ supuestamente exentos para los expatriados. En México, me pagan un sueldo en pesos para cubrir todos los gastos de la estancia, el cual evidentemente está sujeto al impuesto mexicano. Ahora me dicen que México grava fiscalmente todo ingreso que se derive del trabajo realizado en México, proceda de México en pesos o de cualquier otro país en su moneda, de manera que suman los € cobrados en España a los pesos cobrados en México y con ese total establecen el tipo que aplica para el impuesto, (que al sumarse ambos sueldos se dispara al 34%), y me lo deducen de las dos nóminas. Para trabajar en México la empresa española, (que tiene filial y oficinas en México), ha creado una empresa de servicios, (agencia de colocación), y mi contrato en México es a través de esa empresa a pesar de que tengo contrato indefinido en España con la empresa principal.

Me gustaría saber si aplicando el Convenio de Doble Imposición, es obligatorio tributar en España por el sueldo pagado por nómina española y no hacerlo en México por ese sueldo. Creo que el artículo 15 de ese convenio lo aclara pero necesito confirmación.

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