Adquisición propiedades con deudas en subasta judicial
Hace unos meses me adjudicaron una plaza de garaje y un trastero tras pujar en subasta judicial. Ya las he inscrito en el registro de la propiedad. La comunidad de propietarios se personaba en el concurso de acreedores que dio lugar a la subasta por las deudas que dichas propiedades mantenían con la comunidad.
1) Entiendo que tengo que hacerme cargo de dichas deudas, pero, ¿he de esperar a ver si la comunidad cobra algo de dicha subasta?
2) ¿Qué cantidades estoy obligado por ley a pagar? ¿Toda la deuda o sólo año actual y tres anteriores?
3) ¿Tengo qué pagar sólo las cuotas del período que me corresponda o también las derramas?