Plan de pensiones ¿Tengo derecho?
En el año 2007 mi empresa participada al 100% por el banco X fue fusionada por absorción por el propio banco X, en ese momento a los empleados se nos entrega una carta en la que se firma una clausulado adicional por subrogación de mi empresa con el banco y se hace referencia al contrato de trabajo.
En uno de los pactos se dice que me incorporo en fecha 01-07-2007 en el Banco X, con las mismas condiciones económicas que disfruto en la actualidad y que las condiciones sociales serán las mismas que la de los empleados del Banco.
En otro pacto se dice literalmente QUE A TODOS LOS EFECTOS INCLUIDOS LOS INDEMNIZATORIOS SE ME RECONOCE UNA ANTIGÜEDAD DESDE EL 01-01-2000.
Y es aquí donde me surgen las dudas.
1º No hay contrato de trabajo firmado al que hace referencia el clausulado adicional
¿Por qué se hace referencia a ese contrato si no existe?
2º El plan de pensiones, empiezan a hacer aportaciones desde el año de mi incorporación al banco es decir 2007
3º La antigüedad me la reconocen y pagan desde el año 2000.
Y AHORA LA DUDA QUE ME PREOCUPA: si me reconocen una antigüedad a TODOS LOS EFECTOS y así me la pagan desde el año 2000 ¿tengo derecho a ser partícipe del plan de pensiones de mi banco también desde el año 2000 fecha de mi antigüedad real y reconocida?
He leído por ahí que el cómputo de prescripción de los derechos económicos derivados de un plan de pensiones no se inicia hasta que concurren las circunstancias que permiten su devengo, es decir, el cumplimiento de los 65 años de edad. ¿Tiene esto algo que ver con lo que planteo?
¿Qué opináis? ¿Puedo reclamar al banco las aportaciones al plan de pensiones desde el año 2000, empezaron a hacerlas a partir del 2007?