Se pueden realizar clases remuneradas en una sala que nos pertenece a todos los vecinos y no es de uso privado?

En mi Comunidad de vecinos tenemos un pequeño gimnasio con unas máquinas (2 cintas de correr, 2 bicicletas elípticas...), unas espalderas, unos bancos de abdominales, pesas... El caso es que un grupo de vecinos de repente decidieron hacer unas clases de zumba en ese gimnasio, remuneradas con una profesora externa. Cuando el resto de vecinos bajamos al gimnasio nos encontramos las máquinas pegadas en un lateral, todo ocupado por ocho personas y unos bafles con música a tope.
Lo hablamos con el Administrador y la Presidenta de la Comunidad y dicen que se aprobó en la Junta de Vocales y se recoge en el Reglamento del gimnasio la posibilidad de clases grupales pero por mayoría.
Mi pregunta es, ¿son estas clases legales? ¿Se pueden realizar clases remuneradas en una sala que nos pertenece a todos los vecinos y no es de uso privado?

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