Derecho a paro si amplio la excedencia

He trabajado durante 4 años de teleoperadora, en noviembre pedí una excedencia de 4 meses (hasta marzo), para poder lanzar mi carrera de traductora. Me he dado de alta en hacienda con el 037 para poder facturar las cosillas que me van saliendo (no mucho por el momento) y me han ofrecido un trabajo de un mes con contrato. Por lo que he leído, si me quedo en el paro por fin de contrato (a pesar de que ya estoy con una excedencia) me correspondería cobrar el paro hasta que finalice mi excedencia. Pero mi asaltan muchas dudas por el hecho preciso de estar dada de alta en hacienda para los trabajos esporádicos. Mis preguntas son: ¿Podría cobrar el paro y estar dada de alta en hacienda para declarar esos ingresos extra? Una vez finalizado el plazo de la excedencia, si pido que la amplíen, ¿seguiría cobrando el paro hasta que se agote el nuevo plazo?

Si mi intención es no volver porque me van saliendo más trabajos de traducción y ya no vuelvo a trabajar de teleoperadora, ¿debería capitalizar el paro?

Muchísimas gracias de antemano y perdón por preguntar tanto a la vez

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