Incompatibilidades laborales si trabajas con tu cónyuge en la administración pública
Soy trabajadora de la administración pública de Galicia. Actualmente se están realizando una serie de cambios en mi servicio (que es el mismo que el de mi cónyuge) y me dicen que es mejor que no trabajemos en el mismo ya que las incompátibilidades a las que nos enfrentaríamos serían muchas, (ej.: Él no podría supervisar mi trabajo o no podría intervenir en el reparto de mis tareas, etc.) pero, además, podemos enfrentarnos a alguna demanda de nuestros compañeros por "trato discriminatorio".
Yo entiendo que esto tiene lógica, pero quisiera saber en qué normativa está recogido y hasta dónde nos afectarán dichas limitaciones.