Puede mi padre gastar todo el dinero que quedó en el banco?

Mi madre falleció hace de ello un año, evidentemente mi padre quedó viudo.

El testamento que tienen es el típico "de uno para otro".

En la actualidad sigue viviendo en su casa, lo cual es lógico, entendemos que es suya y tiene todo el derecho a seguir viviendo en ella.

El problema es que al morir mi madre quedó una cantidad de dinero en una cuenta común, digamos que unos 20 000€, quedando mi padre como único titular de la cuenta.

Lo que ocurre ahora es que mi padre esta malgastando todo el dinero que quedó en la cuenta, incluso le han atracado ya varias veces porque saben que suele llevar mucho dinero encima.

No sabemos que hacer, puesto que no conseguimos que razone y cambie de comportamiento.

¿Tenemos los hijos algún derecho sobre el dinero que quedó en la cuenta al morir nuestra madre?

¿Puede mi padre gastarlo todo a su antojo?

¿Existe alguna forma de controlarle para que no pueda gastar sin control?

2 Respuestas

Respuesta
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No no, seguramente su padre heredará el capital que genere el dinero que hay en el banco, no puede disponer de él libremente. La línea testamentaria incluye primero a los hijos.

Saludos: adruino. Tk

No entiendo muy bien la respuesta, agradecería que me diese más explicaciones.

Gracias.

Por regla general cuando fallece unos de los cónyuges los bienes van a los hijos, teniendo el sobreviente el derecho al uso de los bienes, de esta manera, la parte de la casa de su madre sería para los hijos, pudiendo su padre vivir en ella, con el dinero del banco ocurre lo mismo, de la parte del dinero que era de su madre, su padre puede disfrutar de los intereses que genere ese dinero pero no del dinero en sí.

Saludos: adruino. Tk

Respuesta
1

Mucho me temo que no pueden hacer nada ya que el dinero es de su padre ahora, si su madre no dejó testimonio de nada más.

Lo que podrían hacer y es lo único que se me ocurre... es un poco fuerte la medida ; pero es declararle incapaz judicialmente, no del todo, sino una incapacidad parcial en el sentido de que es incapaz de proteger el interés económico familiar y patrimonial. En derecho se llama incapacidad por prodigalidad.

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