Duda sobre venta de vehiculo a particular
He vendido un automóvil a un particular,
En el contrato que firmamos que lo proporciono el comprador hay una clausula que dice El comprador reconoce haber probado el vehículo con anterioridad a la venta y exonera de manera expresa al vendedor de cualquier responsabilidad por vicios o defectos ocultos o posibles averías que dicho vehículo manifieste en un futuro, según se determina en el artículo 1485 del Código Civil Español".
Si el coche a partir de la entrega tiene alguna averia.
¿Debo de hacerme cargo de la avería? ¿Me puede demandar por este motivo?
El vehículo cuando lo probo y cuando se lo llevo funcionaba correctamente.