Con el nuevo RD180/2015, ¿Cuales son ahora las obligaciones de los grandes productores de residuos peligrosos?.

Con la aporbacion del Real Decreto 180/2015 (de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estad), hay artículo del Real Decreto 833/1988 que quedan derogados. Mi duda es cuales son ahora las obligaciones de los grandes productores de residuos peligrosos, en cuanto a gestión documental y conservación temporal de la misma.

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