Absorción empresa: cálculo plus antigüedad según el convenio anterior o el nuevo
En el año 2011 fui contratada (contrato laboral indefinido) por una empresa municipal (una S.A.) como arquitecta y me reconocieron 4 trienios de antigüedad. En el año 2012, el Ayto. Disolvió esa empresa, y todos sus activos, pasivos y el personal pasamos a otra empresa municipal (también S.A.). Firmé un nuevo contrato, en el que:
- Nos modificaron el Convenio de aplicación (pasamos del Convenio del Ayuntamiento, al de Ingenierías y Oficinas Técnicas, con condiciones laborales mucho peores).
- Nos mantuvieron los salarios.
- A efectos de indemnización por despido me reconocieron como fecha de cómputo de antigüedad desde el año 2000 (teniendo en cuenta los 4 trienios reconocidos).
- Como reconocimiento de dicha antigüedad, me incluyeron un complemento igual al que me abonaba la empresa disuelta.
En el año 2015 nos han abonado el primer trienio consolidado en la nueva empresa, y he descubierto que en el nuevo convenio, el plus de antigüedad es un 5% del salario base, muy superior al complemento que me pagan como reconocimiento de la antigüedad que tenía reconocida por la empresa disuelta.
Mis dudas son:
1) Ahora mismo, me están pagando 4 trienios incluidos en un complemento (calculados según el Convenio del Ayuntamiento) y un 5º trienio, según el de Ingenierías. ¿Puedo solicitar que me abonen los cinco trienios según el convenio de Ingenierías?
2) Según el Convenio de Ingenierías, el plus de antigüedad es el 5% del salario base establecido en el propio Convenio. Nuestra empresa lo calcula sobre los sueldos base de nuestros contratos (superiores a los de el Convenio), ¿es eso legal?.