¿Cómo contabilizar revisión Impuesto Valor Añadido?
Espero me vuelva a ayudar.
Somos una S.L, En 2015 solicitamos a Hda. La devolución anual del importe del IVA que nos salia a devolver. Nos solicitaron la documentación de los cuatro últimos ejercicios y nos han realizado 4 liquidaciones provisionales corrigiendo los importes del IVA tanto soportados como repercutidos, es decir nos han anulado gastos que han considerado el IVA es no deducible y nos aumentado el IVA repercutido porque según su criterio el importe que cobramos por un alquiler no es el correcto de los ejercicios 2011-2012-2013 y 2014.
Mi pregunta es como y en que fecha debo contabilizar estas liquidaciones que hemos aceptado e incluso ya hemos pagado. El comunicado de Hacienda ha llegado en el 2016 y no ha habido sanción pero si intereses de demora.