Acuerdo de ascensor sin proyecto previo

Soy dueña de un local en cuya comunidad se ha acordado la puesta de ascensor para suprimir barreras arquitectónicas, como solo hay un local y el resto de los 16 vecinos son de viviendas, obviamente salió aprobado el acuerdo con nuestro voto en contra. Se pidieron presupuestos y se presentaron dos, que solo fueron leídos por encima en la junta, sin darse ningún tipo de documentación impresa para poder leerlo tranquilamente. El caso es que la única manera posible de poder poner el ascensor es ocupar aéreamente una parte de mi local, a lo cual me niego pues este local se encuentra alquilado y en el se está ejerciendo una actividad económica de negocio.

Aparte de ello, se intentó llegar a un acuerdo con los vecinos sobre la indemnización que tendrían que darnos por esa ocupación de nuestro espacio, pero alegan que como no cogen metros de superficie de suelo, pues que no tienen que pagar nada. Somos conscientes de que la ley nos obliga al pago del ascensor, pero también les obliga a ellos a unas indemnizaciones que no han contemplado en los acuerdos. Me siento gravemente perjudicada no solo por perder una parte de mi local si esto se lleva a cabo, si no porque además se va a perjudicar con las obras a mi inquilino que tiene su negocio de comercio ahí, ya que las obras invalidarían prácticamente la mitad del local para la venta al publico.

2 Respuestas

Respuesta

Tiene razón en el sentido en que el perjuicio causado debe ser indemnizado. Si los acuerdos de comunidad no han tenido en cuenta esas indemnizaciones (no solo la ocupación, sino el perjuicio económico para la actividad que se desarrolla en el local y otros daños que se puedan causar) deberá de acudir al juzgado y resolverlo por una vía Civil.

Respuesta

Si el acuerdo no es legítimo (por no respetar sus derechos), la única opción que tiene es manifestar su oposición (entiendo que ya lo hizo al votar en contra, pero no está demás que remita un escrito a Presidente/Administrador), se busque un abogado e impugne el acuerdo en los tribunales.

Es cierto que la Ley defiende la supresión de barreras, aún a costa de perjudicar a algún propietario (si no hay otra opción razonable técnica o económicamente), pero como usted bien dice, el propietario perjudicado puede exigir una indemnización por los perjuicios.

¡Gracias por su respuesta!

Finalmente hemos tenido que acudir al juzgado puesto, que la comunidad no contempla indemnizarnos por la ocupación que se nos hace de parte del local, el juez suspendió el proceso durante dos meses para que intentáramos llegar a un acuerdo. Se fijaron medidas cautelares para no causar daños que no se pudiesen resarcir, aun así la comunidad siguió en su empeño y han pedido licencia al ayuntamiento , siendo ésta concedida, sin tener en cuenta, ni las medidas cautelares que hay marcadas por el juez, ni habernos dado audiencia al ser principales perjudicados, ni esperar siquiera a que haya un acuerdo entre las partes o bien que haya una sentencia llegando a juicio.  La verdad me siento absolutamente desprotegida ante este atropello. Pues nos dejan sin armas para un posible acuerdo , pues con licencia concedida se ven ganadores, y por el momento nadie ha valorado cuanto valen los 8 metros de nuestro local que quedan en manos de la comunidad. Estamos obligados a permitir las obras aun sin que la demanda este finalizada?

No le sorprenda que el ayuntamiento haya concedido la licencia. Sus disputas comunitarias no le incumben.

En cuanto a ignorar las medidas cautelares establecidas por el juez, ¿qué dice su abogado al respecto?

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