Contabilización en una AIE, continuadora de una Comunidad de Regantes, de facturas pagadas por ésta.

En Julio de 2015 se constituye una AIE, como continuidad de una Comunidad de Regantes.
El inicio de la actividad de la AIE es de Marzo de 2016.
En este período (Julio 2015 a Febrero 2016), se han pagado facturas a nombre de la AIE, pero debido a problemas de inscripción en el Registro Mercantil -de hecho, han habido varias escrituras de subsanación de errores con sus correspondientes gastos- al no estar operativa la cuenta bancaria de la AIE, se han pagado a través de la cuenta de la Comunidad de Regantes, que se ha dado de baja coincidiendo con el inicio de actividad de la AIE
Dudas:
1):Las facturas (fundamentalmente de Registro, Notario, pero también alguna de IBERDROLA) tanto del 2015 como del 2016 ¿pueden imputarse a la AIE con fecha posterior al 1-03-2016?
2) El IVA soportado por la Comunidad de Regantes (que no se lo ha compensado), ¿tanto del 2015 como del 2016 puede compensarlo la AIE?

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