Responsabilidad de cambio de contador de agua y su arqueta

Os lo explico brevemente.

Obra menor en una vivienda que tiene el contador en el interior y que con la nueva normativa, pasa a colocarse en la vía pública en una arqueta.

¿De quién es la obligación del picado de la calle y colocación de la nueva arqueta para contador? ¿Del ayuntamiento o del propietario y por que? El nuevo contador lo pone siempre el Ayuntamiento, pero su arqueta y picado no lo sé.

4 Respuestas

Respuesta

Correcto. Otra cosa es que estén de obras en tu calle y de paso te hagan la arqueta. (He visto casos así) Lamentablemente todo por cuenta tuya.

¿en base a que normativa afirmas que debe ser el propietario quien pague estos gastos?

Efectivamente. La obligación de la empresa suministradora es hasta llave de acometida. De ahí en adelante corre por cuenta del propietario o promotor. Según sea el caso. Eso esta en las normativas dr suministro de cada comunidad autónoma.

Respuesta

La empresa suministradora se limita a instalar el contador en si, es decir todo corre por tu cuenta

¿en base a que normativa afirmas que debe ser el propietario quien pague estos gastos?

En base a la normativa que es así siempre que el usuario paga, todas las compañías suministradoras de agua no regalan nada lo cobran todo, sino pues pregunta a tu compañía suministradora o ayuntamiento, saludos y suerte con la obra

Respuesta

Ahora por casualidad me dedico mucho a colocar estas arquetas, pues bien, como dicen, la obra y materiales corren a cuenta del dueño de la vivienda .

Tendrás que dejar en tu ayuntamiento una fianza, por si la obra se realiza mal.

¿en base a que normativa afirmas que debe ser el propietario quien pague estos gastos?

Normas municipales, lo tendrás en la web de tu ayuntamiento, tasas, pagos etc.

Respuesta

El funcionamiento de este tipo de servicios puede variar en función de los ayuntamientos y de si tienen o no privatizados los servicios de subministro y mantenimiento de agua.

El coste de acometida de los servicios de agua, saneamiento, electricidad, etc, desde hace ya más de 40 años recae en quien obtiene el beneficio. En este caso el beneficiario es tu vivienda y por tanto tienes que asumir los costes de tu conexión, con las partes que implique. (Contador, arqueta, canalización, etc). Eso puede hacértelo la empresa suministradora de agua, que te pasará un presupuesto, o hacerlo tu particularmente.

Una vez que el dueño del servicio de ha dado servicio (que as pagado tu), entonces es obligación del dueño del servicio mantener la red en correcto estado y hacer las obras de mantenimiento necesarias para que el servicio te llegue en adecuadas condiciones.

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