Dependerá de su concreta ubicación, ya que cada Ayuntamiento establece sus propias ordenanzas. En general:
Se consideran Centro de Estética los que cuentan con un máximo de dos cabinas.
Es imprescindible la instalación de un lavabo en cada cabina dotado de agua fría y caliente.
Si se atienden a ambos sexos es necesario disponer de servicios higiénicos con su ante servicio y de duchas para los usuarios, cuando se precise una
Limpieza posterior del cuerpo tras la práctica realizada, ambos separados por sexos. Podrán ser compartidos por el personal y por los clientes
Vestuarios para uso exclusivo de clientes, que podrán ser las cabinas de uso individual, y vestuarios para personal que podrán ser taquillas individuales.
En cuanto a las ayudas, obviamente, hay ayudas locales, autonómicas, estatales y europeas. Muchas de ellas, especialmente las directas, dependen del cumplimiento o no de los concretos requisitos que en sus bases se especifican (edad, creación de empleo, etc)
En cualquier caso, te recomendamos acudas a un experto que estudie tu caso concreto y te ofrezca la mejor de las opciones. Somos punto PAE (punto de atención al emprendedor) autorizado por el Ministerio. Si lo deseas, puedes obtener información de nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es