Asientos contables para inventario permanente

Mi duda es si en España podemos llevar inventario permanente. No encuentro la respuesta en el plan general contable.
Si la respuesta es afirmativa, me podíais indicar la contabilización que debería hacer para las compras, ¿las ventas y para la contabilización del albarán de compra (facturas pendientes de recibir)? Un ejemplo sería de gran ayuda.

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1.-

10.000 (600) Compra de mercaderías

2.100 (472) H.P. IVA Soportado a (400) Proveedores 12.100

2.-

12.100 (400) Proveedores a (570) Caja, euros 12.100

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