Acceso a un patio de luces
Soy propietario de una oficina en la planta 1ª con acceso al patio de luces del edificio.
La he arrendado a una Empresa de Seguridad que se ha visto obligada a clausurar la puerta como medida de seguridad ya que poseen armas.
En ese patio los diferentes copropietarios han ido instalando los compresores del aire acondicionado, los han situado a una altura de 1,50 metros aproximadamente, y eso que algunos de ellos tienen ventanas que dan a ese patio y que podrían haberlos colocado junto a sus ventanas para poder limpiarlos y mantenerlos.
A uno de ellos se le ha estropeado su compresor y me exige que le solucione el acceso al patio de luces, bien suprimiendo la clausura de la puerta o abriendo por mi cuenta una distinta a la que se pueda acceder desde la escalera comunitaria.
En el contrato de alquiler consta que las relaciones con la Comunidad de Propietarios y la obtención de todos los permisos necesarios para el ejercicio de la actividad de la Empresa de Seguridad debe obtenerlo el arrendatario.
Este patio de luces, además de la puerta de acceso por mi oficina, tiene dos ventanas que dan a la escalera; tales ventanas fueron dotadas de rejas por acuerdo de la Comunidad ya que durante algún tiempo era entrada para los "cacos".
La oficina ha estado sin alquilar (y por tanto cerrada) muchos años; yo suelo pasar temporadas fuera de casa por lo que en ambos supuestos no podría facilitar el acceso a través de mi oficina.
¿Pregunto: Me pueden obligar a facilitar el acceso para reparar los compresores, que son privativos y no comunitarios? ¿Aún estando ausente? ¿Deben instalar los compresores en la fachada?.