Duda declaración complementaria por cobro de atrasos salariales

En feb y jun´16 he cobrado de fogasa en concepto de salarios e indemnización por sueldos e indemnización que no me pago la empresa en 2013, en mayo'14 sale sentencia a mi favor, pero la empresa desaparece y no me paga creo que se presento concurso de acreedores aunque no se el final de como quedo. Mi abogado solicito a fogasa el cobro he cobrado por esta vía.

Las dudas son las siguientes;

¿En qué año debo presentar la declaración complementaria?

En el 2013 no declaré las nóminas, irpf ni seguridad social por las que no cobre ese año, entiendo que en el año que vaya a declarar estos ingresos que me ha realizado fogasa debo aplicar el IRPF, seg social correspondientes a esos meses, así como los honorarios del abogado, ¿es así?

1 respuesta

Respuesta

En el año del devengo que es cuando serian exigibles si hay sentencia judicial el año seria el de la firmeza de la sentencia

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