¿Puedo recuperar la reserva de una vivienda si en el contrato de arras incluyo clausula de concesión de hipoteca del 80%?
Realicé una oferta de compra con reserva de 2000 euros en la que me comprometo a firmar el contrato de arras en 10 días entregando 10 000 euros más, algo que pretendo retrasar hasta obtener el resultado de la tasación. El vendedor aceptó la oferta y la firma del contrato de arras debería producirse antes de obtener el resultado de la tasación. Mi pregunta es la siguiente: ¿En el contrato de arras puedo exigir una clausula de concesión de hipoteca del 80% del precio de VENTA? Si la tasación es inferior al precio de venta y el banco me concede hipoteca por menos del 80% del precio ¿podría recuperar la señal? Mi intención es alargar el plazo estipulado hasta obtener el resultado de la tasación.
Por otra parte, de imcumplir el plazo de 10 días que estipula el documento de reserva perdería los 2000 euros. Sin embargo, no hace referencia al vendedor y mi pregunta es: ¿Si la inmobiliaria no me contacta dentro del plazo de 10 días, ¿podría exigir los 2000 de señal?