Fiestas patronales y la ley anti botellón

Se sabe que en todos los pueblos hay estos festejos. En algunos, cuando se celebra la famosa "feria" las autoridades habilitan un espacio, bien dentro del recinto ferial o en uno a designar. El caso que vengo a preguntar es: ¿Qué pasa cuando la autoridad (ayuntamiento) no da esta opción?

Leyendo la ley 7/2006 me encuentro en su Capitulo 1, Art. 2 esto:

Exclusiones:

Sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables en materia de orden público y de seguridad ciudadana, así como las relativas a espectáculos públicos y actividades recreativas, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Ley:

a) La permanencia durante el horario establecido normativamente de personas en espacios abiertos del núcleo urbano destinados a terrazas y veladores de establecimientos públicos sometidos a la normativa aplicable en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

b) La permanencia de personas en espacios abiertos del término municipal destinados a la celebración de fiestas y ferias locales, verbenas populares, así como manifestaciones de carácter religioso, político, sindical, docente, turístico, cultural o análogas. A tales efectos, sólo tendrán esta consideración las que se encuentren reconocidas oficialmente por el Ayuntamiento o, en su caso, hayan sido autorizadas por éste de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.

c) El ejercicio de los derechos de reunión y manifestación, debidamente comunicados conforme a la normativa vigente.

En el inciso "b" habla justo de este caso. Si mi comprensión lectora no falla, entiendo que todo el recinto de la "feria" es válido para esta actividad. De hecho la gente deambula con sus bebidas de aquí para allá sin problemas. ¿Pero qué pasa cuando son chavales (+18 años) que entran con sus lotes y no quieren consumir de las casetas porque obviamente es más caro?

Aquí empieza el problema. Los echan o los multan, solo por beber. No hablo de disturbios ni cosas que apliquen a la otra ley, la "mordaza".

¿Es este un tipo de discriminación y vulneración de la misma ley? Sin nombrar la constitución claro.

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