Como recurrir una sanción sin importe

Me sancionan por detener mi vehículo de transporte pisando levemente un paso cebra durante 10 segundos, que es lo que tardo en descargar. El agente sale del bar donde es posible por la hora que haya estado almorzando, y cuando voy a arrancar me solicita que me coloque el cinturón de seguridad, le enseño el mismo colocado en su sitio diciéndole que lo llevo puesto. Me hace bajar del vehículo y me solicita la documentación, me reitera varias veces uno de los documentos, el cual le repito que lo debe llevar en las manos, como efectivamente así era, (puntualizo esto porque no se el estado de embriaguez que podía tener). Acto seguido comienza a escribir la sanción, le interrogo porque lo hace, con la máxima educación ya que yo llevaba puesto el cinturón, y me contesta que es por pisar el paso cebra, le enseño la rueda, que efectivamente no sobrepasaba los 10 centímetros encima del paso de peatones, y de malas maneras me dice que me calle o "me cae más gorda". Aparte de que acababa de pasar una bronquitis y no tenia más que un hilo de voz, no tenía ganas de discutir, guarde silencio, me dio en mano el boletín, y se marchó, yo me negué a firmarlo ya que consideraba la actuación, como un claro "abuso de poder".

Al llegar a mi domicilio al acabar la jornada laboral, en mi casa observo que en el boletín, las casillas de importe de la sanción y la de puntos que se retiran, están en blanco, y pensé que finalmente el agente, al ver tamaña injusticia, simplemente había "hecho la pantomima" de sancionar, consulté a un abogado por si cabía denunciar por abuso de autoridad, y el abogado me conmino a no mover nada, porque "seguramente" la sanción no se producirá.

Dos meses después me llega a casa vía certificado, el apremio de pago de la sanción, con recargo del 10% + costas.

He de recurrir, esto no puede quedar así, pero no sabría si alegar indefensión por reclamarme un importe que, caso de haber estado reflejado en el boletín hubiese podido abonar y hacer efectivo el descuento por pronto pago; o, recurrir como abuso de autoridad del mencionado agente.

P.D.: Hay testigos (mis clientes) que salieron incluso a decirle al agente, que el vehículo no levaba estacionado mas de 10 segundos... SEGUNDOS!

Ojala me puedan aclarar este embrollo, pero más ojalá que el estado se pueda librar de estos personajes que impunemente por pertenecer a un cuerpo de la autoridad se creen con derecho a avasallar a un simple trabajador.

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En resumidas cuentas parece que lo recomendable es que recurra la sanción por haber sido impuesta sin previa notificación y sin darle opción a ser oído

Gracias, solo dos detalles, primero, la fecha de la sanción es 10/02/17 ,  la fecha de emisión que consta en el apremio es 11/04/17, y la recepción vía certificado es ayer 20/04/17. No he tenido ningún otro tipo de comunicación de ninguna clase.

-Esta caducada la reclamación?

-La inexistencia del importe, puntos y los cuadraditos vacíos para marcar si soy el conductor, titular  o pasajero, no son causa también de indefensión aplicables al pliego de descargo?

Muchísimas gracias.

Tal como describe los hechos la fecha válida para plazos será la de la primera notificación que recibió

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