Te paso esto:
Las normas técnicas emitidas por organismos de normalización son, por definición, voluntarias; aunque la administración competente puede exigir su cumplimiento mediante una ley, decreto o reglamento para un alcance determinado, así como emplearlas en los pliegos de prescripciones técnicas para contratos públicos. Las organizaciones privadas también pueden hacer referencia a estos documentos en sus pliegos de compra o requisitos contractuales.
Esta condición documento voluntario se refleja claramente en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria,3 que define norma y reglamento del modo siguiente:
Norma: La especificación técnica de aplicación repetitiva o continuada cuya observancia no es obligatoria, establecida con participación de todas las partes interesadas, que aprueba un Organismo reconocido, a nivel nacional o internacional, por su actividad normativa.
Reglamento técnico: La especificación técnica relativa a productos, procesos o instalaciones industriales, establecida con carácter obligatorio a través de una disposición, para su fabricación, comercialización o utilización.
¿Qué quiere decir esto? Que no son obligatorias pero ya tendrías que entrar en la parte de esta donde dice que se deben mantener los niveles de seguridad, funcionamiento, respeto al medio ambiente y sobre todo calidad de vida de los usuarios. Cosa esto ultimo, que en tu caso no cumple. Deberás pelear el tema, sobre todo teniendo en cuenta que el coste que le supondría a la comunidad por poner un metro de chimenea saldría más barato que entrar en temas legales.